Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 12 de Abril de 2021, expediente CNT 010217/2016/CA001

Fecha de Resolución12 de Abril de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

Causa N°: 10217/2016 - CUBILLA, ANTONIO c/ PREVENCION ART S.A. s/ACCIDENTE -

LEY ESPECIAL

En la ciudad de Buenos Aires, 9-4-2021 , para dictar sentencia en los autos: “CUBILLA ANTONIO C/ PREVENCION ART

S.A S/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL” se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr. A.E.B. dijo:

  1. Contra la sentencia de primera instancia de fs.

    128/130 que rechazó la demanda, recurre la parte actora, recurso que mereció la réplica de la contraria, conforme presentaciones digitales que se pueden consultar en el sistema de gestión judicial Lex 100.

    La representación letrada de la actora, en ejercicio de un derecho propio, recurre los honorarios regulados por considerarlos exiguos.

  2. En primer término, por una cuestión de orden metodológico, trataré el recurso interpuesto por la accionante dirigido a cuestionar la valoración de la prueba rendida en autos. Adelanto que, de prosperar mi voto, no obtendrá favorable recepción.

    Sostuvo la apelante al iniciar su reclamo, que “…El 26/06/2015 el actor se encontraba laborando para su empleadora …

    debido a que el andamio no estaba asegurado, de un momento a otro, se desprendió cuando el actor se encontraba ya a dos metros de altura” (v. fs. 6 vta.).

    La aseguradora al contestar la acción, reconoce haber celebrado un contrato de afiliación con el empleador. Con relación al reclamo, -en definitiva- reconoce que el siniestro fue denunciado casi un año y medio después de ocurrido, por lo que afirma que rechazó el mismo y niega que la minusvalía que padece sea consecuencia del evento dañoso.

    La Sra. Juez de grado, hizo mención que “…Destaco que el supuesto habría tenido lugar el 24.6.2015, pero recién fue denunciado por el accionante el 9.10.2015, luego de manifestar en el libelo de inicio que fue atendido en principio por una Sala de Primeros Auxilios de la Villa 31 y que como consecuencia del Fecha de firma: 12/04/2021

    Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX

    Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX

    Firmado por: G.F.M., SECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

    mismo sufrió: … “esguince de rodilla y rotura de ligamentos de rodilla izquierda…” sin dar explicación alguna al respecto de los hechos acontecidos durante el transcurso de dichos meses, ni mucho menos en cuanto a cuál fue la asistencia y/o médica o...

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