Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 27 de Diciembre de 2023, expediente FSA 016564/2019/CA002

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIAPREVISIONAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II

CRUZ, FRANCISCO ORLANDO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

Expte. N°16564/2019 (Juzgado Federal N° 1 de Jujuy)

Salta, 27 de diciembre de 2023.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

1) Que vienen las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación deducido por la ANSeS en contra de la sentencia de fecha 03/08/23

por la que el Juez de grado aprobó la liquidación efectuada por el actor por $1.710.194,04 en concepto de capital y $1.947.892 por intereses. Además tuvo presente el pago efectuado por el organismo previsional de $796.477,74.

Intimó el pago de $2.861.608,30 en el plazo de 15 días.

2) Que la apoderada de ANSES se agravió denunciando que la liquidación de la actora no se adecua a las pauta de la sentencia.

Manifestó que su mandante aplicó el tope a la remuneración actualizada, atento a que en la sentencia definitiva no se había declarado la inconstitucionalidad del art. 14 de la Resolución SSS 6/09.

Seguidamente cuestionó que se aprobara el reajuste de PBU, sin haber aprobado primero el monto de las prestaciones PC y PAP redeterminadas por su parte, vulnerando su derecho de defensa. Hizo reserva de caso federal.

2.1) Corrido el traslado de ley, la parte actora peticionó su rechazo conforme los argumentos expuestos en su escrito del 18/08/23.

3) Que conforme surge del expediente principal con fecha 21/04/22 el Juez Federal n°1 de la ciudad de Jujuy ordenó el reajuste del haber del Sr.

F.O.C. y difirió para la etapa de ejecución el tratamiento del reajuste de PBU, sentencia que el 17/08/22 fue confirmada por esta Sala del Tribunal que en lo concerniente al reajuste de PBU remitió a la decisión adoptada en los autos “S.H.N. c/ANSeS s/ Reajustes Varios”,

Expte. n° 1546/2017, sentencia del 02/06/20, por la otra Sala de esta Cámara.

Fecha de firma: 27/12/2023

Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: A.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.S., SECRETARIA

En febrero de 2023 la demandada acompañó la liquidación efectuada en sede administrativa por el período que va del 18/12/16 al 31/12/22 que totalizó la suma de $796.477,73 comprensiva de capital e intereses, la que fue objetada por la contraria el 17/02/23. Además presentó determinación de sumas adeudadas a favor de su mandante por el período 18/12/16 a 31/01/23

por $2.861.608,30 remanentes luego de descontar el pago efectuado por la demandada. Dichas diferencias...

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