Cronograma de Pagos 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Octubre de 2023
EmisorSecretaría General de la Gobernación
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LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCCVI - Nº 205
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 27 DE OCTUBRE DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
dora de Servicios de Seguridad Privada, la baja de su Director Técnico
Responsable señor Alberto Magistrali y el alta en el mencionado cargo del
señor Santiago Catuzzi.
Que del análisis de la documental incorporada en autos, se desprende
que se han cumplimentado los requisitos exigidos por los Artículos 8, 9, 10,
12, 13, 18, 29 inc. a) y b), y concordantes de la Ley N° 10.571; como así, en
relación a la designación del Director Técnico Responsable propuesto, se
acompaña la totalidad de la documentación exigida en los Artículos 10, 13
y 18 de la referida Ley 10.571.
Que se incorporó la totalidad de la documentación exigida respecto
de los socios.
Que toma intervención la Dirección de Jurisdicción de Control y
Gestión Operativa en Seguridad Privada incorporando Informe Técnico
favorable, en el que considera que se cumplimentan los requisitos es-
tablecidos en la normativa que rige la materia para la procedencia de
la solicitud de autos.
Que en virtud de lo previsto por el Artículo 23 de la Ley 10.571, esta
instancia estima conducente proceder a la renovación de la habilitación
de la empresa “SECURITAS ARGENTINA S.A.”, para funcionar como
Prestadora de Servicios de Seguridad Privada y proceder al reemplazo
de su Director Técnico Responsable, señor Alberto Magistrali, por el
señor Santiago Catuzzi.
Que además, los representantes de la empresa precitada se encuen-
tran obligados a realizar la registración en el Ciudadano Digital (C.I.D.I.)
- Nivel N° 2, en razón de que, todas las notificaciones que se cursen en
consecuencia de la presente habilitación, se efectuarán al Domicilio Elec-
trónico previamente constituido, de conformidad a lo previsto en los artícu-
los 25 y 55 de la Ley 5.350, por el artículo 7 del Decreto N° 1280/14 y por
el artículo 6 de la Ley 10.618 y su Decreto N° 750/19 reglamentario, sin per-
juicio de lo anterior, en el plazo que determine la Dirección de Jurisdicción
de Control y Gestión Operativa en Seguridad Privada, la empresa deberá
acreditar el cumplimiento de las obligaciones previstas en los Artículos 9
inc. d), 14, 15 y 16 de la Ley 10.571.
Por ello, las actuaciones cumplidas, la normativa citada, lo dictaminado por
la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y
Seguridad bajo el N° 2023/DAL-00000671 y en uso de sus atribuciones;
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD Y PREVENCIÓN
DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
RESUELVE
Artículo 1º.- DISPÓNESE la renovación de la habilitación para funcionar
como Prestadora de Servicios de Seguridad Privada de la empresa “SECU-
RITAS ARGENTINA S.A.”, C.U.I.T. N° 30-67823954-9, con domicilio legal en
calle José Roque Funes, N° 1642, B° Cerro de Las Rosas, de la ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba, sin la autorización para el uso de armas y
PROCÉDASE a la designación como Director Técnico Responsable al señor
Santiago Catuzzi, D.N.I. N° 29.544.436; en reemplazo de su anterior Director
Técnico Responsable señor Alberto Magistrali, D.N.I. N° 13.379.270.
Artículo 2º.- Por intermedio de la Dirección de Jurisdicción de Control
y Gestión Operativa en Seguridad Privada de la Secretaría de Seguridad y
Prevención del Ministerio de Gobierno y Seguridad, extiéndase a favor del
Director Técnico Responsable, credencial habilitante, sin autorización para
el uso de armas.
Artículo 3°.- Los responsables de la empresa “SECURITAS ARGENTI-
NA S.A.”, C.U.I.T. N° 30-67823954-9, en el plazo que determine la Dirección de
Jurisdicción de Control y Gestión Operativa en Seguridad Privada de la Se-
cretaría de Seguridad y Prevención del Ministerio de Gobierno y Seguridad,
deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones previstas en los Artículos
9 inc. d), 14, 15 y 16 de la Ley 10.571; como así, deberán realizar la registra-
ción en el Ciudadano Digital (C.I.D.I.) - Nivel N° 2, en razón de que, todas las
notificaciones derivadas del presente, se efectuarán al Domicilio Electrónico
previamente constituido, de conformidad a lo previsto en los artículos 25 y 55
de la Ley 5.350, por el artículo 7 del Decreto N° 1280/14 y por el artículo 6 de la
Ley 10.618 y su Decreto N° 750/19 reglamentario.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Oficial y archívese.
FDO.: STAMPALIJA CLAUDIO DARIO JORGE, SECRETARIO DE ESTADO, MINIS-
TERIO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
Resolución N° 27
Córdoba, 26 de octubre de 2023
VISTO: el Expediente Digital N° 0423-065214/2023.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones, se tramita la renovación de la habi-
litación para funcionar como Prestadora de Servicios de Seguridad Privada
de la empresa “SEGURIDAD ARGENTINA S.A.”, como así también la de-
signación como Director Técnico Responsable del señor Santiago Catuzzi,
en reemplazo del señor Javier José Casas.
Que obra la presentación efectuada por la empresa “SEGURIDAD
ARGENTINA S.A.”, solicitando la renovación de la habilitación como Pres-
tadora de Servicios de Seguridad Privada, la baja de su Director Técnico
Responsable señor Javier José Casas y el alta en el mencionado cargo del
señor Santiago Catuzzi.
Que del análisis de la documental incorporada en autos, se desprende
que se han cumplimentado los requisitos exigidos por los Artículos 8, 9, 10,
12, 13, 18, 29 incs. a) y b), y concordantes de la Ley N° 10.571; como así,
en relación a la designación del Director Técnico Responsable propuesto,
se acompaña la totalidad de la documentación exigida en los Artículos 10,
13 y 18 de la referida Ley 10.571.
Que se incorporó la totalidad de la documentación exigida respecto de
los socios.
Que toma intervención la Dirección de Jurisdicción de Control y Gestión
Operativa en Seguridad Privada incorporando Informe Técnico favorable, en el
que considera que se cumplimentan los requisitos establecidos en la normativa
que rige la materia para la procedencia de la solicitud de autos.
Que en vir tud de lo previsto por el Artículo 23 de la Ley 10.571, esta ins-
tancia estima conducente proceder a la renovación de la habilitación de la em-
presa “SEGURIDAD ARGENTINA S.A.”, para funcionar como Prestadora de
Servicios de Seguridad Privada y proceder al reemplazo de su Director Técnico
Responsable señor Javier José Casas por el señor Santiago Catuzzi.

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