Cronograma de Pagos 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor16 de Marzo de 2023
EmisorSecretaría General de la Gobernación
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LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCXCIX - Nº 52
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 16 DE MARZO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
cipales centros poblacionales, y para mitigar efectos del cambio climático
creado en gran medida por la actividad en estas urbes.
Que posibilitar una mayor calidad de vida y mejores condiciones para
establecer empleos de arraigo en los entornos rurales, debe ser una es-
trategia relevante para colaborar con el cumplimiento de los Objetivos de
Desarrollo Sostenible (ODS) y para atenuar la migración campo-ciudad.
Que desde el Ministerio de Servicios Públicos, con una experiencia de
más de 20 años, venimos desarrollando instalaciones y mantenimiento de
sistemas remotos de energía renovable en edicios públicos del ámbito rural,
y se puede constatar el impacto en la calidad de vida de los beneciarios
al dotar de comunicación, iluminación, cadenas de frío, bombeo, recursos
multimedia y otros servicios a las escuelas rurales en la búsqueda de una
mayor equidad educativa, desplazando además combustibles fósiles.
Que se implementan en la Provincia, además, con nanciamiento in-
ternacional, programas de abastecimiento remoto de energía eléctrica en
el ámbito privado, residencial y productivo, pero que no incluyen manteni-
miento y reposición de elementos dañados en las instalaciones, razón por
la cual se condiciona la continuidad del servicio en el tiempo.
Que Córdoba trabaja para el cumplimiento de los ODS, especialmente so-
bre el objetivo número 7: asegurar y garantizar el acceso a energías asequibles,
ables, sostenibles y modernas para todos y aumentar considerablemente la
proporción de energía renovable en el conjunto de fuentes energéticas.
Que las tecnologías y cadenas de suministro de energía a partir de re-
novables han mejorado, volviéndose más competitivas y Córdoba presenta
una fuerte experiencia en el desarrollo de proyectos de esta índole.
Que Córdoba a través del Ministerio de Servicios Públicos está fuerte-
mente comprometida con la reducción de gases de efecto invernadero en
toda la cadena de valor de la energía.
Que cada kilowatt hora generado en sistemas de energía renovable
para su autoconsumo por el usuario, evita pérdidas eléctricas en transporte
y distribución, o evitará las pérdidas eléctricas en transporte, distribución
y los costos asociados de inversión y mantenimiento de la red en caso de
ser un usuario remoto desacoplado de la red eléctrica.
Que el nuevo paradigma de acceso a la energía debe contemplar la
asequibilidad, la seguridad y la sostenibilidad (trilema energético) a través
de una estrategia que brinde los tres ejes de manera simultánea.
Que está altamente demostrado que la extensión de redes eléctricas
para usuarios residenciales y pequeños emprendimientos productivos
posee, en determinadas circunstancias, menos competitividad tanto en
términos técnicos como económicos respecto de las alternativas que nos
brindan las tecnologías renovables.
Que los sistemas renovables ofrecen mayor estabilidad de tensión en
todo horario, menor incidencia de descargas atmosféricas respecto a las
redes de distribución en entornos rurales y menor cantidad de cortes eléc-
tricos en la medida en que el sistema haya sido bien dimensionado.
Que es necesario establecer un marco general, junto a las condiciones
técnicas y administrativas necesarias para reconocer como usuarios de un ser-
vicio público a los Usuarios Dispersos Remotos que no poseen acceso a las
redes de distribución eléctrica tradicional, en el territorio de la Provincia de Cór-
doba, para permitir el desarrollo de sistemas de fuentes de energía renovables
y garantizar la sostenibilidad técnica de funcionamiento a lo largo de la vida útil
de sus componentes, estableciendo mecanismos de mantenimiento, recambio
de componentes y regular también la disposición nal de residuos.
Que a partir del artículo 1° del Decreto N° 318/2021 se crea la Secre-
taría de Biocombustibles y Energías Renovables del Ministerio de Servi-
cios Públicos, para desarrollar políticas públicas vinculadas a la transición
energética y al uso de fuentes renovables, en pos de un sistema energético
sostenible, seguro, universal y competitivo con foco en la eciencia energé-
tica, la digitalización, la descarbonización de los procesos y la generación
distribuida, promoviendo la innovación y el desarrollo territorial.
Que Córdoba quiere estar a la vanguardia del cambio hacia una eco-
nomía más eciente y limpia en el consumo de energía, acelerando la
difusión e implementación de soluciones tecnológicas y políticas públicas
innovadoras que sean capaces de establecer un equilibrio entre la dimen-
sión económica, social y ambiental.
Que, por ello, normativa citada, lo dictaminado por el Área Legal dependien-
te de esta Secretaría mediante Dictamen Legal previo y facultades conferidas:
EL SECRETARIO DE BIOCOMBUSTIBLES
Y ENERGÍAS RENOVABLES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. DÉJESE sin efecto la Resolución N° 1/2023 y su Ane-
xo publicado en el Boletín Ocial con fecha 13 de marzo de 2023.
ARTÍCULO 2°. APRUÉBANSE las deniciones técnicas y administrativas
sobre Usuarios Dispersos Remotos sin acceso a las redes de distribución eléc-
trica tradicional de la Provincia de Córdoba y su reconocimiento como usuarios
del servicio público, de conformidad con el Anexo Único que forma parte inte-
grante de este instrumento legal y está compuesto de once (11) fojas útiles.
ARTÍCULO 3°. PUBLÍQUESE en el Boletín Ocial de la Provincia de
Córdoba.
FDO. SERGIO MANSUR - SECRETARIO DE BIOCOMBUSTIBLES Y ENERGÍAS RENO-
VABLES - MINISTERIO DE SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINICIA DE CÓRDOBA.
ANEXO
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
CRONOGRAMA DE PAGOS
FDO. JULIO CESAR COMELLO, SECRETARIO GRAL DE LA GOBERNACION - JIMENA
CAAMAÑO, DIRECTORA GRAL DE MEJORA DE PROCESOS E INFORMACION

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