Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 22 de Junio de 2022, expediente COM 006484/2022/CA001
Fecha de Resolución | 22 de Junio de 2022 |
Emisor | Camara Comercial - Sala B |
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B
6484/2022 - CRISMAI, FLORENCIA YAMILA c/ IBERIA LINEAS
AEREAS DE ESPAÑA S.A. OPERADORA (SUCURSAL EMPRESA
EXTRANJERA) s/SUMARISIMO
Juzgado N° 26 - Secretaría N° 51
Buenos Aires, 22 de junio de 2022.
Y VISTOS:
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La accionante apeló la resolución de foliatura digital 35/37,
mediante la cual la Magistrada de la anterior instancia se declaró
incompetente para intervenir en estas actuaciones. Sus agravios corren a foja digital 42/45.
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Los argumentos del dictamen fiscal de foliatura digital 49/53
que esta Sala comparte resultan suficientes, en el caso, para decidir la radicación de estas actuaciones en el fuero comercial.
La causa por la que se persigue el cumplimiento, devolución o rescisión de un contrato de venta de pasajes aéreos o los daños y perjuicios derivados de la actitud asumida por la empresa aerolínea, debe tramitar ante la Justicia Comercial por tratarse de materia netamente mercantil que vincula a personas que revisten la calidad de comerciantes -al menos la accionada- y no resulta encuadrable en las disposiciones del Código Aeronáutico (CNCom. esta Sala in re: “Scandinavian Airlines System, S.A. c/ Maris Turismo S.A.” del 30.07.81 id. in re: "Rovinet Turismo SRL c/ Cía.
Azucarera Las Palmas SAICA" del 28.12.88; id.id. in re: "Costa Cruceros SA c/ Ristour Operadores Mayoristas SA s/ ordinario" del 29.10.99; id.id. in re: “M., F.S. c/ Iberia Líneas Aéreas S.A. y otro s/
ordinario" del 30.04.14).
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Por lo expuesto, y en concordancia con lo dictaminado por la Sra. Fiscal, se estima la apelación examinada, sin costas de Alzada por no haber mediado contradictor.
Fecha de firma: 22/06/2022
Alta en sistema: 23/06/2022
Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA
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