Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 17 de Noviembre de 2016, expediente CCF 008363/2008/CA001

Fecha de Resolución17 de Noviembre de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I CAUSA 8363/08 S.I. “C. y otros C/ TELECOM

ARGENTINA S.A. y otro s/ Daños y Perjuicios”

Juzgado N° 5 Secretaría N° 9 En Buenos Aires, a los 17 días del mes de noviembre de 2016, reunidos en

Acuerdo los jueces de la Sala I de esta Cámara para dictar sentencia en los autos

mencionados en el epígrafe, y de conformidad con el orden del sorteo efectuado, el Juez

Francisco de las Carreras, dijo:

  1. La sentencia de fs. 205/211 hizo lugar parcialmente a la pretensión de los

    actores contra Telecom Argentina S.A. y el Estado Nacional Ministerio de Economía y

    Producción. Para así resolver, el señor juez a quo rechazó la excepción de prescripción,

    con cita del precedente “D.” y determinó las pautas para la reparación debida por

    los daños y perjuicios derivados de la omisión de emitir los bonos de participación en las

    ganancias. Asimismo, estableció que los intereses a cargo de la empresa deberán

    liquidarse desde la aprobación de cada uno de los balances y hasta su efectivo pago.

    Estableció, además, que el Estado Nacional debe una suma de dinero que represente los

    intereses del capital de condena pronunciada contra la licenciataria a determinarse en la

    ejecución de sentencia por los períodos por los cuales procede la demanda hasta que

    quede firme el pronunciamiento. Las costas fueron impuestas en el orden causado.

  2. Este pronunciamiento fue apelado por todas las partes (cfr. fs.213, fs.222

    y fs.226). El recurso de la Sra. Defensora Oficial fue fundado en el escrito de fs.233/234,

    sin replica de las contrarias. La empresa telefónica acompañó expresión de agravios a fs.

    242/252, contestada por el Estado Nacional a fs. 254/258. Asimismo, esta parte sostuvo su

    apelación mediante memorial de fs.235/241. Los recursos de las codemandadas fueron

    replicados, en forma conjunta, por el Defensor Público Coadyuvante a fs. 262/263. Por

    último, a fs. 265/2, fue agregado el dictamen del señor F..

    La defensora se agravia de la imposición de costas establecidas en el orden

    causado.

    Fecha de firma: 17/11/2016 Firmado por: DE LAS CARRERAS- NAJURIETA-GUARINONI, #16077620#163733438#20161117135413563 El Estado Nacional reclama por: a) el rechazo de la excepción de

    prescripción; b) el cómputo de los intereses y c) la cuantía del resarcimiento.

    Por último, la empresa telefónica se queja de: a) el rechazo del planteo de

    prescripción; b) la desestimación de la falta de legitimación pasiva; c) la limitación a la

    responsabilidad estatal; d) establecer un porcentaje de participación en...

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