Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 28 de Marzo de 2018, expediente CSS 518109/1996/CA002

Fecha de Resolución28 de Marzo de 2018
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2 Expte. Nº: 518109/1996 Autos: “C.M.R. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS”

Sentencia Interlocutoria Ciudad Autónoma de Buenos Aires,.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

Llegan las actuaciones a conocimiento de la Sala en virtud del recurso de apelación que deduce la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSeS) contra la sentencia de fs. 237/238 que ordena trabar embargo.

Sostiene que los fondos y bienes de la ANSeS son inembargables. Alega que el decisorio cuestionado se aparta de lo que dispone la legislación vigente.

Ahora bien, en estos actuados, se ejecuta la sentencia nº 2779 del registro del Juzgado Federral de Primera Instancia de la Seguridad Social nª 8 dictada con fecha 07-05-

1998.

En atención al tiempo transcurrido desde el pronunciamiento que condenó a la demandada al pago de la obligación que aquí se ejecuta, la falta de voluntad de extinguirla que se infiere de autos, la edad de la actora y la derogación del art. 23 de la ley 24.463 dispuesta en la ley 26.153, la resolución que se apela ha de confirmarse.

El propósito del art. 19 de la ley 24624 consiste en evitar que administración pueda verse situada, por imperio de un mandato judicial perentorio, en el trance de no poder satisfacer el requerimiento por no tener los fondos previstos en el presupuesto para tal fin o en la de perturbar la marcha normal de la administración, lo que no significa que el Estado se encuentre fuera del orden jurídico que está obligado a tutelar no que esté exento de acatar los fallos judiciales. Por ello, el citado artículo debe ser interpretado de modo tal que armonice con los principios y garantías consagrados por la Constitución Nacional y con el resto del ordenamiento jurídico . CSJN in re “G., César Augusto c/Caja Nacional de Ahorro y Seguro c/Cobro de Seguro”, 16/09/1999; Fallos: 322:2132.

En definitiva, en razón del carácter alimentario de la acreencia y resultando el embargo un trámite insoslayable del procedimiento de ejecución de sentencia (arts.

502 y 561, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación; Fallos...

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