Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 26 de Octubre de 2017, expediente CAF 021020/2017/CA001

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2017
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 21020/2017 CREMER Y ASOCIADOS SA (TF 36791-I) c/

DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO Buenos Aires, de octubre de 2017 Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que a fs. 261/264 el Tribunal Fiscal de la Nación confirmó —con costas— la resolución nº 36/2012, emitida por la División Resoluciones de la Dirección Regional Devoluciones a Exportadores de la AFIP – DGI, en virtud de la cual se determinó de oficio el IVA correspondiente a los períodos fiscales 05/2006, 02/2007 a 05/2007, 10/2007, 03/2008 a 05/2008, 07/2008 a 09/2008, 11/2008 y 05/2009 —por disminución del crédito fiscal y saldos técnicos— y se intimó a la responsable para que rectifique las declaraciones juradas del gravamen.

  2. Que para así decidir desarrolló las siguientes consideraciones:

    (i) La impugnación de los proveedores —en que se funda el ajuste fiscal— ha sido adecuadamente ponderada por el organismo recaudador. La fiscalización demostró la existencia concomitante de una serie de indicios comprobados, graves y precisos, que llevan a presentar un cuadro de serios reparos respecto de la validez de las facturas y la existencia de las operaciones cuestionadas, lo que permiten concluir que los sujetos con los que comercializó eran ficticios.

    (ii) Incumbía a la actora, en ejercicio de su derecho de contradicción, acreditar la veracidad de sus dichos, esto es, probar fehacientemente la existencia de sus proveedores, no de su situación fiscal o, en definitiva, su identidad.

    (iii) No basta con acreditar que las operaciones se encuentran registradas en la contabilidad de la responsable, o que los Fecha de firma: 26/10/2017 Alta en sistema: 27/10/2017 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #29709465#187101233#20171004133750660 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 21020/2017 CREMER Y ASOCIADOS SA (TF 36791-I) c/

    DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO documentos que las respaldan cumplen con las formalidades exigidas por las normas vigentes, sino que resulta imprescindible que se demuestre su materialidad.

    (iv) La sola presentación de los instrumentos que acreditan que comercializó con determinados sujetos no es idónea, dados los elementos colectados por la inspección actuante, para rebatir el criterio fiscal —falta de capacidad operativa y/o económica de sus proveedores para poner a disposición los bienes y/o servicios reflejados en las facturas impugnadas—.

  3. Que, disconforme, la parte actora interpuso recurso de apelación —fundado a fs. 270/276, que fue replicado a fs. 279/284 vta.—.

    Insistió en que se encuentran acreditadas las operaciones impugnadas por el Fisco Nacional. Sostuvo que con la prueba aportada demostró que a la fecha de realización de las transacciones cuestionadas: (i) las facturas contaban con la CAI vigente; (ii) de “las bases de datos” de la AFIP – DGI no surgían irregularidades con relación a sus proveedores; (iii) los proveedores se encontraban “activos” en el Registro de Operadores de Granos; (iv) las cartas de porte emitidas por la ONCCA dan cuenta del volumen de mercadería transportada y entregada; y (v) la inclusión de los proveedores en la base “E-Apoc.” fue efectivizada con posterioridad a la celebración de las operaciones impugnadas.

    Por otra parte, señaló que la sentencia dictada por el tribunal a quo omitió ponderar uno de los agravios desarrollados en el recurso incoado y los elementos de prueba decisivos para la resolución de la controversia planteada.

    Sobre el punto, recordó que el Fisco Nacional impugnó e intimó créditos fiscales correspondientes al IVA por la suma de Fecha de firma: 26/10/2017 Alta en sistema: 27/10/2017 Firmado por: DRA. DO PICO - DR. GRECCO - DR. FACIO - , JUECES DE CAMARA - SEC. H.G. #29709465#187101233#20171004133750660 Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 21020/2017 CREMER Y ASOCIADOS SA (TF 36791-I) c/

    DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO $913.771. Sin embargo, alegó que se encuentra acreditado en autos...

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