Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 19 de Mayo de 2010, expediente 60372

Fecha de Resolución19 de Mayo de 2010

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INCIDENTE DE APELACIÓN DEL AUTO DE SOBRESEIMIENTO

PARCIAL DE J.L.C., ADOPTADO CON FECHA 15 DE

MARZO DE 2010 EN EL MARCO DE LAS ACTUACIONES POR

SEPARADO FORMADAS EN LA CAUSA N° 539/2000, CARATULADA

"BONINI, H. y OTROS S/INF. LEY 24.769."

Causa N° 60.372, F. 294, Orden N° 26.574 - Juzgado Penal Económico N°l,

Secretaría N°l - SALA "A".

mb (cv)

Illnos Aires, tO\ de mayo de 2010.

VISTOS:

El recurso de apelación interpuesto por la representante de la Administración Federal de Ingresos Públicos contra la resolución de primera instancia que sobreseyó a J.L.C..

La memoria escrita presentada por la recurrente en sustento del recurso.

El informe del abogado defensor de J.L.C. propiciando se confirme lo resuelto.

Y CONSIDERANDO:

Que lo resuelto se funda en que los hechos no encuadran en una figura legal. Entiende el a qua que la simulación de adquisiciones de combustible mediante el uso de facturas otorgadas por empresas inexistentes no encuadra en el delito del artículo 1° de la ley 24.769, en tanto las obligaciones de tributar sobre el valor agregado no alcanzan el límite que establece dicha disposición. Entiende asimismo, que no hay pruebas suficientes de la obligación de tributar el impuesto a la transferencia de combustible.

Que la apelante cuestiona fundamentalmente este último aspecto.

Que ese cuestionamiento se sustenta en razones de hecho que se encuentran muy lejos de haber quedado dilucidadas, ya fuera en un sentido o en otro.

Que si bien las argumentaciones de la apelante resultan en alguna medida contradictorias, existen elementos de juicio que permiten estimar la existencia de una simulación en las adquisiciones del combustible de la sociedad anónima que administraba C. y no puede descartarse la configuración de algún delito distinto de del artículo 10 de la ley 24.769.

Que en esas...

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