Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 19 de Abril de 2022, expediente COM 011800/2020/CA001

Fecha de Resolución19 de Abril de 2022
EmisorCamara Comercial - Sala C

Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C

CORVALAN, GABRIELA EDITH Y OTRO c/ M. FRIAS E HIJOS SRL

Y OTRO s/EJECUTIVO

Expediente N° 11800/2020/CA1

Buenos Aires, 19 de abril de 2022.

Y VISTOS:

  1. Fue apelada por los actores la sentencia de trance y remate, en cuanto dispuso la morigeración de los intereses pactados.

    Los antecedentes recursivos se encuentran individualizados en la nota digital de elevación respectiva.

  2. El recurso se acota a la tasa para el cálculo de los intereses moratorios en el 7% anual que ordenó aplicar el juez de primera instancia sobre el capital del crédito en dólares estadounidenses cuya ejecución mandó

    seguir adelante.

  3. Esta Sala ha tenido oportunidad de pronunciarse en situaciones análogas a la de este caso, sosteniendo un criterio que resulta también aplicable en el sub lite (v. sentencias del 10/04/18 en autos “B.K., N.F. c/ Telemultitec S.A y otro s/ejecutivo”; del 22/12/15, en “B.M., M.N.c., M.M. s/ejecutivo”; entre otros), de manera que, por las razones allí

    expuestas, corresponde convalidar el actuar oficioso del juez sobre el asunto.

    La Sala juzgó de ese modo el asunto con sustento en que, ante la ausencia de tasa de interés reglamentada por el Banco Central de la República Argentina para operaciones como la de autos, es prudente fijar el interés anual máximo derivado de la mora del deudor, por todo concepto, en dos puntos más que el que pagan los bancos por las inversiones que toman a plazo fijo en moneda extranjera (que sí se encuentra reglamentada), estimando así el “spread” correspondiente a la diferencia de las operaciones activas y pasivas.

    Fecha de firma: 19/04/2022

    Alta en sistema: 20/04/2022

    Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA

    CORVALAN, G.E. Y OTRO c/ M. FRIAS E HIJOS SRL Y OTRO s/EJECUTIVO Expediente N°

    Firmado por: E.R.M., VOCAL 11800/2020

    Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA

    Cabe consignar que lo expresado es suficiente para decidir sobre el recurso en lo que aquí respecta, bien entendido que, si el tope máximo establecido por la Sala resulta inferior al fijado por la resolución apelada,

    corresponde aplicar aquel que...

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