Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 16 de Marzo de 1999, expediente Ac 74131

PresidenteSan Martín-Laborde-Hitters-Salas-Pisano
Fecha de Resolución16 de Marzo de 1999
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA

Ac.á74.131á"C., W. y ots. contra J.L. S.A. Despido. Recurso de queja".

//Plata, 16 de marzo de 1999.

AUTOS Y VISTO:

Que el art. 56 de la ley 11.653 establece la no exigibilidad del depósito previo de capital, intereses y costas a los accionados que hayan sido declarados judicialmente en estado de quiebra (Ac. 64.452, 12-VIII-97).

Que en el caso, la demandada no ha acreditado tal situación por cuanto de sus propias manifestaciones (ver fs. 14) surge la apertura del concurso preventivo, circunstancia que no se halla comprendida en la exención precedentemente enunciada, ya que cuando en la citada norma se hace referencia al concurso civil del demandado declarado judicialmente, se emplea esta expresión en el sentido equivalente al de...

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