Sentencia nº AyS 1991-I, 296 de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 5 de Marzo de 1991, expediente B 50287

PonenteJuez LABORDE (SD)
PresidenteLaborde - Negri - Rodriguez Villar - Mercader - Salas
Fecha de Resolución 5 de Marzo de 1991
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

En la ciudad de La Plata, a 5 de marzo de 1991, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores L., N., R.V., M., S., se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa B. 50.287, “Cortes, E.R. contra Municipalidad de La Plata. Demanda contencioso administrativa”.

A N T E C E D E N T E S
  1. Ester Rosa Cortes, promueve demanda contencioso administrativa contra la Municipalidad de La Plata, solicitando la anulación de la resolución nro. 253 de fecha 14–V–84 que dispuso su pase a prestar servicios en la Secretaría de Bienestar Social (Dirección de Sanidad), de la resolución nro. 592 del 16 de octubre del mismo año que rechaza el recurso de revocatoria interpuesto contra la primera, y del decreto 317 del señor Intendente Municipal que no hizo lugar al recurso jerárquico.

    Pide que con la anulación de las decisiones se deje sin efecto el pase ordenado, y se reconozcan los daños y perjuicios –que incluye el moral– causados por su desplazamiento.

    A fs. 42 amplía demanda y mantiene en todos sus términos la acción incoada que se funda en las siguientes consideraciones:

    1. Manifiesta que la autoridad administrativa ha lesionado su derecho a la estabilidad, en razón de haberle quitado la función que desempeñaba y separado del cargo del que era titular como J. de Departamento del Servicio Social de la Dirección de Acción Social. Añade que la Municipalidad dispuso su traslado a otro sector, sin transferir su cargo, con el consiguiente perjuicio de ser eliminada del plantel básico de la mencionada Dirección de Acción Social, frustrando de tal manera, su carrera administrativa.

    2. Recuerda que ingresó a la Municipalidad el 11–IV–73 como personal remunerado por partida de gastos varios, con función de auxiliar en el Centro de Promoción como personal técnico y reseña las diferentes funciones que fuera desempeñando dentro del área de la Secretaría de Bienestar Social. Indica que por resolución 6122 del 14–I–83, del Secretario de Bienestar Social se le asigna la atención de la Dirección de Acción Social mientras dure la licencia de la Directora de esa dependencia, y que finalmente es confirmada en el cargo de Jefe de Departamento Servicio Social en la Dirección de Acción Social.

      Destaca que las designaciones y estructuras funcionales se regían por los decretos 16.553/82 y 12.860/80, y que con el dictado del Decreto 509/84 se modifican las misiones y funciones a partir del 1–III–84, creándose la División Curso de Defensa Civil, dependiente del Departamento de Servicio Social.

      Por resolución nro. 253 del 14–V–84, el Secretario de Bienestar Social dispuso que “atento razones de servicio” ...pase a prestar servicios en la Secretaría de Bienestar Social –Dirección de Sanidad–”, designándose en su lugar a otra persona en virtud del desplazamiento ordenado.

    3. Considera que la resolución nro. 253 fue dictada por autoridad incompetente quebrantando el art. 108 de la ley Orgánica de las Municipalidades, como así los arts. 103 y 108 de la Ordenanza General 267. Expresa que el referido acto también adolece de falta de causa ante la ausencia de fundamentos de hecho y de derecho que justifiquen las razones de servicio invocados por el Secretario de Bienestar Social...

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