La Corte Suprema ratificó el derecho de los pacientes a una muerte digna

Hacía 20 años que Marcelo Diez se hallaba en estado vegetativo irreversible. Su cerebro ni siquiera evidenciaba actividad cognitiva residual. El 23 de octubre de 1994, mientras Diez regresaba de votar, fue embestido con su moto en una ruta neuquina.

Ayer, casi como una ironía del destino, cinco horas después de que un fallo de la Corte Suprema de Justicia ratificara su derecho a una muerte digna, Diez, de 50 años, falleció en una institución neuquina.

Así lo confirmaron anoche sus hermanas, Adriana y Andrea Diez, en su página de Facebook, aunque no precisaron la forma en que se produjo el deceso. Su muerte se produjo luego de una ardua batalla judicial librada para que se cumpliera su voluntad de no extenderle la vida de forma artificiosa.

"Marcelo-escribio Andrea - se fue en compañía de mi hermana, Adru Diez, hoy por la tarde, en la ciudad de Neuquén. Ya es libre, sobre todo de la perversión y la crueldad de aquellas personas e instituciones que violentaron su voluntad y lo cosificaron. Vivimos este momento juntas y en silencio. Aunque hace más de 20 años que él no está, queremos decir solamente: Hasta siempre, querido Marcelo."

Las hermanas Diez habían solicitado a la Justicia neuquina la abstención del tratamiento médico para prolongar su vida en 2011, antes que la Ley 26.529 sobre Derechos del Paciente, junto con su reforma y ampliación (Ley 26.742), fueran promulgadas.

Diez enfrentaba una desconexión entre ambos hemisferios cerebrales. destrucción del lóbulo frontal, y otros daños severos en los lóbulos temporales y occipitales. El pedido de sus hermanas se fundamentó en la voluntad verbal de Diez, quien había manifestado su rechazo ante la eventualidad de tener que ser mantenido mediante procedimientos médicos.

En su fallo, la Corte,con los votos de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, precisó que la Ley de Derechos del Paciente ya contempla situaciones como la de Diez, imposibilitado de expresar su consentimiento informado, y ratifica el derecho de sus familiares a dar testimonio de la voluntad del paciente respecto de los tratamientos médicos que éste quiere o no recibir.

El tribunal también aclaró que no se estaba frente a un caso de eutanasia o muerte asistida y pidió evitar las "judicializaciones innecesarias de decisiones relativas al cese de prácticas médicas".

La Corte subrayó que el pedido de las hermanas de Diez constituye sólo "una abstención terapéutica" que se encuentra contemplada en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR