La Corte Suprema declaró nulo el allanamiento de Cablevisión

La Corte Suprema declaró la "nulidad" y el "archivo" de toda la causa iniciada por Supercanal (Grupo Vila-Manzano) y en la cual, el 20 de diciembre de 2011, el juez federal de Mendoza Walter Bento allanó la sede de Cablevisión.En esos días, el gobierno de venía desplegando una estrategia muy fuerte contra el Grupo Clarín, que incluía la pretensión de aplicar la ley de medios audiovisuales y, también, la intención de revertir http://www.lanacion.com.ar/1665082-aprueban-la-division-de-clarin-tras-cuatro-anos-de-pelea-judicialde Cablevisión y Multicanal.Daniel Vila y José Luis Manzano, que entonces tenían una muy fluida relación con el Poder Ejecutivo, le habían pedido a Bento que dejara sin efecto la aludida fusión. Y el juez, pasando por alto que sólo tiene autoridad dentro de Mendoza y que, al mismo tiempo, existía otra causa similar en la ciudad de Buenos Aires, ordenó allanar las oficinas de Cablevisión en Barracas.Ese día de fines de diciembre, en un hecho casi sin precedente, cincuenta efectivos de la Gendarmería, con una orden del juez Bento y con el expreso aval de la entonces titular de Seguridad Nilda Garré, ocuparon todo el edificio de Cablevisión.Bento, a pedido de Supercanal, entendió que Cablevisión realizaba prácticas anticompetitivas; ordenó la disolución de la fusión y, además, nombró un interventor coadministrador en Cablevisión.La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbo, avaló las decisiones del juez mendocino, pero ayer la Corte, que preside Ricardo Lorenzetti, le dio un revés definitivo a esa causa, que ahora no podría ser reabierta:* El alto tribunal, con la firma de seis de sus siete ministros -no firmó Raúl Zaffaroni, que está de licencia-, decidió que Bento, a pedido de Supercanal, "creó de la nada" una causa para justificar su actuación e irrumpir en Cablevisión, que está fuera de Mendoza.* "El Poder Judicial, por su naturaleza, no puede ser jamás el poder invasor, el poder peligroso, que comprometa la subsistencia de las leyes y la verdad de las garantías que tiene por misión hacer efectivas y amparar", dice el fallo de la Corte.* "Ante la ostensible ausencia de jurisdicción", señala el máximo tribunal que "corresponde disponer la nulidad de todo lo actuado en ese expediente" y ordena al Juzgado Federal de Mendoza que "proceda a su archivo".* La Corte sostuvo que Supercanal y Bento usaron la demanda "como un medio elíptico pero inequívoco para interferir en otro proceso, que tramita en la Capital Federal, ante la...

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