Corralon Malvinas

Constitución de "CORRALON MALVINAS S.A.".- escritura número cincuenta y dos del Protocolo Único.- En la Ciudad de Mendoza, República Argentina, a los catorce días del mes de julio del año dos mil diez, ante mí: Marcela Alejandra del Río, Notario Público, Titular del Registro Seiscientos Sesenta y Siete de Capital, comparecen las personas que se identifican y expresan sus datos personales como se indican a continuación: el señor LUIS MARCELO ROJAS, argentino, con Documento Nacional de Identidad número 29.768.651, C.U.I.L.: 20-29768651-9, quien manifiesta ser de estado civil soltero, de profesión Comerciante, nacido el 02 de Octubre de 1983, 26 años de edad, con domicilio en calle 25 de Mayo número 150, Distrito General Gutiérrez, Departamento Maipú de esta Provincia de Mendoza; y el señor CRISTIAN EDUARDO LEZCANO, argentino, con Documento Nacional de Identidad número 22.660.978, C.U.I.L.: 20-22660978-5, quien manifiesta ser de estado civil casado en primeras nupcias,de profesión Comerciante, nacido el 24 de Diciembre de 1972, 37 años de edad, con domicilio en calle San Martín numero 2238, Distrito Ciudad, Departamento Capital de esta Provincia de Mendoza.- Los comparecientes son mayores de edad, capaces y de mi conocimiento, por haberlos individualizado de acuerdo a las prescripciones del Artículo 1.002 inciso c) del Código Civil, doy fe.- Y los comparecientes, DICEN: PRIMERO: Que por este acto constituyen una Sociedad Anónima que se denominará "CORRALON MALVINAS S.A.", con domicilio social en calle 25 de Mayo número 150, Departamento Maipú de esta Provincia de Mendoza, que se regirá por el siguiente Estatuto Social: TITULO I: DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO: ARTÍCULO PRIMERO: Bajo la denominación de "CORRALON MALVINAS S.A." queda constituida una Sociedad Anónima que se regirá por los presentes estatutos y supletoriamente por la Ley 19.550 (t.o. 1984), y demás leyes y reglamentaciones vigentes.- ARTÍCULO SEGUNDO: Tiene su domicilio legal en la Provincia de Mendoza, República Argentina, pudiendo establecer por intermedio de su Directorio, agencias, sucursales, corresponsalías, domicilios especiales en cualquier parte del país o del extranjero.- ARTÍCULO TERCERO: La duración de la Sociedad se establece en Noventa y Nueve (99) años a partir de la suscripción del Acta Constitutiva.- ARTÍCULO CUARTO: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, o asociada a sus efectos con terceros, sean personas físicas o jurídicas, y tanto...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR