Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 7 de Diciembre de 2023, expediente CAF 012801/2020/CA001 - CA002

Fecha de Resolución 7 de Diciembre de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I

12801/2020 CORRADI, R. c/ EN - M SEGURIDAD - PFA Y

OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Juzg. n° 11.

Buenos Aires, 7 de diciembre de 2023.- JMS

Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que el juez, ante el pedido formulado por la parte actora tendiente a que "se aplique la sanción [...] de astreintes a la accionada y a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la P.F.A., por sus reiterados incumplimientos" en practicar la liquidación (presentación del 4 de octubre), proveyó que "atento a la vigencia de la ley 26.944 no corresponde la aplicación de astreintes" (pronunciamiento del 5 de octubre).

  2. Que la parte actora dedujo un recurso de apelación en subsidio de un recurso de revocatoria que fue desestimado (presentación del 8 y pronunciamiento del 9 de octubre).

    Los agravios, que fueron replicados, son los siguientes:

    (i) "La ley 26.944 establece en su art. 1º in fine: “La sanción pecuniaria disuasiva es improcedente contra el Estado, sus agentes y sus funcionarios”. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha tratado expresamente, y resuelto en forma definitiva, el tema de la aplicación de astreintes al Estado en autos “B., J.A.c./

    E.N.A.-Ministerio de Defensa s/ amparo por mora de la administración” en sentencia del 3 de marzo de 2020".

    (ii) "Nuestro máximo tribunal ha dejado claramente establecido que la sanción de astreintes SI es aplicable al Estado Nacional".

    (iii) "La sanción de astreintes a aplicarse [debe ser] el equivalente a una suma diaria que se corresponda con el 3% del monto de retiro del actor".

  3. Que las astreintes son, en los términos del artículo 37 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, sanciones compulsivas y Fecha de firma: 07/12/2023

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    progresivas que comienzan a aplicarse a partir de la demora que se registra en el cumplimiento de una orden dictada con el apercibimiento de imponerlas hasta que se dé cumplimiento con esa orden judicial (esta sala,

    causas n° 40.895/2013, "., E.A. y otros c/ EN─M.

    Defensa s/ personal militar y civil de las FFAA y de seg.", n° 941/2015,

    "Norder SA c/ EN─ M. Economía y FP─SCI y otro s/ medida cautelar",

    n°67901/2019, "M., R.L. c/ EN─M. Justicia DDHH s/

    amparo por mora", n° 22.090/2019, "C., S. c/ EN─M.

    Justicia DDHH s/ amparo por mora", n° 49473/2015, "Incidente n°

    1─Actor: V., J.E. s/ incidente de ejecución de sentencia",

    y nº 71972/2014, "Incidente Nº 1─Magallanes, S.A. s/

    incidente de ejecución de sentencia", pronunciamientos del 15 de diciembre de 2016, del 22 de agosto de 2019, del 17 de septiembre de 2019, del 10 de septiembre de 2020, del 18 de noviembre de 2020 y del 5

    de julio de 2022, respectivamente).

    La Corte Suprema de...

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