Sentencia Interlocutoria de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 21 de Junio de 2012, expediente Rc 108017

PresidenteSoria-Hitters-Kogan-Pettigiani
Fecha de Resolución21 de Junio de 2012
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA
  1. 108.017"C.R.E. contra Edesur Empresa Distribuidora Sur S.A.. Daños y Perjuicios.".

//Plata, 21 de junio de 2012.

AUTOS Y VISTO:

  1. La apoderada del actor interpuso recurso extraordinario federal contra el pronunciamiento de esta Corte que desestimó el de inaplicabilidad de ley oportunamente articulado (fs. 680/685 y 693/713).

    En el marco de un juicio de daños y perjuicios se controvierte la determinación de la responsabilidad por el evento en el que el accionante resultara gravemente lesionado. La recurrente sostiene que, no habiendo logrado acreditar la demandada la ruptura del nexo causal que se estimaa prioriexistente entre el hecho de la cosa que está bajo su dominio o guarda y el daño producido, este Tribunal, al igual que la Cámara, habría incurrido en una errónea valoración de la prueba en orden a la configuración de la responsabilidad objetiva prevista en el art. 1113 del Código Civil (fs. 700 y ss.)

  2. L. corresponde recordar que las cuestiones de hecho, prueba y derecho común son ajenas -por regla y naturaleza- a la vía extraordinaria federal (arts. 14 y 15, ley 48; cfr. C.S.J.N., Fallos: 292:144, 304:1322, 305:240; 305:866, 313:83, 327:1002, 328:3132, 330:1491 y 2639 entre otros), tal como se observa en elsub liteen el que se controvierten circunstancias fáctico-probatorias vinculadas con la atribución de responsabilidad en el siniestro de autos (art. 1113, Cód. C..).

    En razón de ello, en estos supuestos se torna particularmente exigible que la apelación cuente respecto de los agravios que la originan con fundamentos suficientes para dar sustento a la invocación de una hipótesis especial, lo que no ocurre en el caso, en el que no se observa que el medio de impugnación intentado satisfaga tales extremos, desde que las razones esgrimidas no constituyen más que una discrepancia de criterio, insuficiente como tal para habilitar la instancia federal conforme tiene dicho la...

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