Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo , 23 de Noviembre de 2009, expediente 8.001/2008

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2009

SENTENCIA NRO. 91.495 CAUSA NRO. 8.001/2008: “CORONEL CESAR C/

SUDANFOS S.A. S/ DESPIDO”. –JUZGADO No.54-.

En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a 23/11/09, reunidos en la Sala de Acuerdos los señores miembros integrantes de este Tribunal, a fin de considerar el recurso deducido contra la sentencia apelada, se procede a oír las opiniones de los presentes en el orden de sorteo practicado al efecto, resultando así la siguiente exposición de fundamentos y votación :

El doctor G. dijo:

Ambas partes apelan el pronunciamiento anterior con los memoriales de fs. 238/241 y fs. 242/245, que reciben réplica de la contraria a fs. 249/250 y fs. 252/256. El perito psicólogo apela sus honorarios por considerarlos bajos.

La demandada se queja porque la sentenciante hace lugar a la demanda y entiende que el despido dispuesto por la empleadora no se ajustó a derecho. Cuestiona la conclusión de la juez de grado según la cual tanto el actor como su compañero se encontraban en igualdad de condiciones; sostiene que el análisis de la prueba testimonial fue parcial y que ha quedado probado que,

aun con el alta médica, el actor no podía realizar tareas livianas. Por último apela el modo como fueron impuestas las costas.

No asiste razón al recurrente.

Los testigos que declaran en autos son claros, coincidentes y precisos en cuanto a que en la empresa había tareas livianas para otorgar al actor, que eran el lavadero o apagado de cal; que el actor estuvo desarrollando tareas livianas antes de su prolongada licencia, que le dolía la espalda antes de la operación y entonces fue al lavadero. Que hubo tareas livianas para otorgar a la época del despido del actor, porque así

fue con B., que estaba con alta médica para tareas livianas y fue a trabajar al lavadero (ver fs. 101/105, 168/170, 187/192).

Por otra parte, la empleadora pretende tener por acreditada su imposibilidad de otorgar tareas con la declaración de la testigo Valeika (fs. 193/195), pero no repara en que la testigo era empleada de administración y se limita a decir que el actor tuvo el alta con tareas parciales y que como la demandada no tenía para darle, lo despidió. Declara que el actor se descompuso estando en el lavadero, que lo sabe porque estaba como encargada de lavadero pero que no recuerda si fue antes,

después o durante la licencia, y que con el alta que el actor tenía tampoco podía hacer tareas de lavadero, que el lavadero no resultó.

Estas manifestaciones de la testigo...

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