Corias S.A.

Fecha de disposición23 Abril 2008
Fecha de publicación23 Abril 2008
SecciónTercera Sección - Contrataciones
Número de Gaceta31390
  1. ) Consideración de la solicitud de autorización:(i) para la creación del Programa ante la CNV;

    y (ii) del Programa para la eventual cotización y/o negociación de las obligaciones negociables a ser emitidas en el marco del mismo, en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, el Mercado Abierto Electrónico S.A. o cualquier otra bolsa o mercado autorregulado de la Argentina y/o del exterior según oportunamente lo determine el Directorio o las personas autorizadas por éste;

  2. ) Delegación de facultades en el Directorio para:

    (i) determinar y establecer todos los términos y condiciones del Programa, de cada una de las series a emitirse oportunamente y de las obligaciones negociables a ser emitidas bajo el mismo, que no fueran expresamente determinadas por la Asamblea, incluyendo, sin carácter limitativo, el monto (dentro del monto máximo autorizado por esta Asamblea), época de emisión, el plazo, el precio, subordinación o no, forma de colocación y condiciones de pago de las obligaciones negociables, su tasa de interés, la posibilidad de que las obligaciones negociables revistan el carácter cartular o escritural, o bajo la forma de Certificado Global, que las mismas sean nominativas o al portador, se emitan en una o varias clases y/o series, que coticen o se negocien en mercados bursátiles y/o extrabursátiles del país y/o del exterior, y cualquier otra modalidad que a criterio del Directorio sea procedente fijar; (ii) la realización ante la CNV de todas las gestiones necesarias para obtener la autorización de la creación del Programa;

    (iii) la realización ante la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, el Mercado Abierto Electrónico S.A. y/o cualesquier otras bolsas o mercados autorregulados de la Argentina y/o del exterior de todas las gestiones para obtener la autorización del Programa, para la eventual cotización y/o negociación de las obligaciones negociables emitidas en el marco del mismo; (iv) en su caso, la negociación con Caja de Valores S.A. o la entidad que se establezca en el Suplemento de Precio correspondiente, de los términos y condiciones (incluyendo la determinación de los honorarios por sus servicios), a efectos de que actúe como agente de pago y/o de registro y, eventualmente como depositario del certificado global; (v) la contratación de calificadoras de riesto independientes y distintas a los efectos de la calificación del Programa y/o de la clase y/o serie a emitir bajo el mismo;

  3. ) Autorización al Directorio para subdelegar en uno o más de sus integrantes, o en uno o más gerentes de primera línea de la Sociedad designados en los términos del artículo 270 de la Ley Nº 19.550 o en quien ellos consideren conveniente el ejercicio de las facultades referidas en el apartado anterior.

    NOTA: Se recuerda a los señores Accionistas (i) que el Registro de Acciones Escriturales es llevado por la Caja de Valores S.A. y deberán presentar las constancias de las cuentas de acciones escriturales libradas al efecto por dicha Caja en la sede social de la Compañía para su inscripción en el Registro de Asistencia a Asamblea hasta el día 14 de Mayo de lunes a viernes, en el horario de 10 a 17,30 horas. Los puntos 1, 2 y 3 serán considerados en Asamblea General Ordinaria y los puntos 4, 5, 6, 7 y 8 en Asamblea General Extraordinaria. EL DIRECTORIO.

    Buenos Aires, 16 de abril de 2008.

    El Sr. Vicepresidente Isaac Salvador Kiperszmid fue designado por Acta de Asamblea del 08/02/08 y Acta de Directorio Nº 41 del 08/02/08 y esta en ejercicio de la Presidencia según acta Nº 42 del 15/04/08 y de acuerdo a...

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