Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 18 de Agosto de 2016, expediente CAF 035790/2013

Fecha de Resolución18 de Agosto de 2016
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación 35790/2013 CORBALAN ANGEL MARIO c/ BCRA-RESOL 378/13 (EX 100303/03 SUM FIN 1071) s/

Buenos Aires, 18 de agosto de 2016.- HG Y VISTOS:

Los pedidos formulados por el co-actor A.M.C. a los efectos de sustituir la caución real oportunamente prestada en estos autos (conf. fs. 207, 212/213, 215, 219/219 y 221/222) y para que “…se renueve la medida cautelar, en los mismos términos y condiciones en los que fuera otorgada anteriormente…”

(fs. 224/225) y, CONSIDERANDO:

  1. Que lo ahora acreditado y puesto de resalto torna procedente la sustitución solicitada (conf. artículo 203 y ccdtes. del código procesal). En consecuencia y a esos efectos, trábese embargo sobre los “Títulos Públicos-Valores Públicos Argentinos vinculados al PBI, en pesos argentinos (TVPP)”, fecha de emisión 31/12/2003, fecha de vencimiento 15/12/2035, plazo 32 años”, por un valor nominal de PESOS OCHOCIENTOS DOCE MIL DIECIOCHO ($812.018), registrados en Caja de Valores, en la cuenta DEPOSITANTE Nº 1119, Banco Santader Río, Comitente nº

    0002930597-I, titular A.M.C.. A tal fin, líbrese oficio de estilo, al que deberá acompañarse copia del presente pronunciamiento y de la documental pertinente, encontrándose a cargo del peticionario la confección y diligenciamiento correspondientes. ASI SE DECIDE.

  2. Que por lo demás, frente a la subsistencia de las circunstancias fácticas y jurídicas consideradas al momento de acceder al dictado de la medida cautelar oportunamente peticionada y en función de lo informado a fs. 226 —conf. art. 5 de la ley...

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