Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 29 de Octubre de 2021, expediente CNT 052607/2017/CA001
Fecha de Resolución | 29 de Octubre de 2021 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA VI
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
SALA VI
Expediente Nro.: CNT 52607/2017
(Juzg. Nº69)
AUTOS: “COPOLECHIO, DANIEL JULIO c/ FONDO DE GARANTIAS BUENOS
AIRES S.A. Y OTRO s/DESPIDO”
Buenos Aires, 29 de octubre de 2021.-
VISTO:
El recurso de revocatoria con apelación en subsidio interpuesto por la parte demandada en fecha 15/3/2021 contra la resolución de fecha 25/3/2021 por la cual el Sr. Juez “a quo” desestimó la citación de en calidad de tercero de “CHUBB
SEGUROS ARGENTINA S.A.”
Y CONSIDERANDO:
Que, en atención a la naturaleza de la cuestión planteada se remitieron las presentes actuaciones a la Fiscalía General ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que se expidió conforme el Dictamen Nro. 2639/2021 del 7/10/2021.
Que, preliminarmente es menester memorar que de las constancias de autos surge que el actor ha promovido la presente acción contra el Fondo de Garantía de Buenos Aires (FOGABA) -a quien le atribuye el carácter de empleadora- y contra M.A. -a quien le atribuye el carácter de presidente de la persona jurídica mencionada-, y reclama el cobro de rubros salariales e indemnizatorios detallados en la liquidación del pto. 5 del escrito inaugural, como las que Fecha de firma: 29/10/2021
Alta en sistema: 01/11/2021
Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: L.A.R., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.B. DE LA FUENTE, SECRETARIA DE CAMARA INTERINA
fijan las leyes 25.323, 25.345, así como la reparación por daños (ver -en especial- pto. 5.1 y 5.2 de la demanda).
Que, en dicho contexto, las aquí recurrentes, en sus respondes, denunciaron haber contratado con “CHUBB SEGUROS
ARGENTINA S.A.” un seguro continente de la cobertura del riesgo por responsabilidad civil que incluye a la derivada de cualquier reclamo en materia laboral. Para acreditar el extremo señalado, adjuntaron -en copia fotostática- la póliza individualizada bajo el N° 846.453, surgiendo del Endoso 002
sobre inclusión de reclamos de índole laboral la vinculación jurídica en que se finca el pedido de intervención (ver -del expediente físico- documental obrante en el sobre cerrado de fs. 54 y que fuera incorporada electrónicamente).
Que, el Sr. Juez de grado desestimó el pedido de citación de la aseguradora “Chubb Seguros Argentina S.A” solicitada por la demandada Fondo de Garantías de Buenos Aires Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (“FOGABA”)...
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