Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 20 de Septiembre de 2016, expediente CCF 005785/2010/CA002

Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2016
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III Causa n° 5.785/10/CA1 “Cooperativa Obrera Limitada de Consumo y Vivienda c/ Banco de la Nación Argentina s/ cese de oposición al registro de marca”

Buenos Aires, 20 de setiembre de 2016.

Y VISTOS: los recursos de apelación interpuestos por la actora a fs. 656, concedido a fs. 657, fundado a fs. 662/665 vta., y por la demandada a fs. 658, concedido a fs. 659, fundado a fs. 667/670 y vta., cuyas contestaciones obran a fs. 675/679 y vta. y a fs. 681/685, respectivamente, contra la resolución de fs. 653/655, y; CONSIDERANDO:

  1. Cooperativa Obrera Limitada de Consumo y Vivienda (en adelante “la Cooperativa”) solicitó las marcas “NOVA TARJETA JOVEN DE COOPEPLUS” para las clases 16, 35 y 36 (actas n° 2.760.835 -fs. 1/5-, n°

    2.760.836 -fs. 19/26- y n° 2.760.837 -fs. 41/48-), “ZOOM LA TARJETA JOVEN DE COOPEPLUS” en las clases 35 y 36 (actas n° 2.760.839 -fs.

    74/77- y n° 2.760.840 -fs. 88/92-) y “COOPEPLUS JOVEN” en las clases 16, 35 y 36 (actas n° 2.760.832 -fs. 112/116-, acta n° 2.760.833 -fs. 126/127- y acta n° 2.760.834 -fs. 137/140-). El 5 de noviembre de 2007 se opuso el Banco de la Nación Argentina (en lo sucesivo “BNA” o Banco Nación”), en su carácter de fiduciario del fideicomiso B., con sus marcas “CUENTA BISEL PLUS”, mixta de la clase 16, 35 y 36, números 1.799.563, 1.794.888 y 1.794.887, respectivamente y “CUENTA JOVEN” denominativa de la clase 16, número 1.837.946 (ver fs. 5, fs. 26, fs. 48, fs. 66, fs. 78, fs. 93, fs. 116, fs.

    128 y fs. 147). El 15 de noviembre de 2007, se presentó el Nuevo Banco Bisel S.A. ratificando la gestión (a fs. 7, fs. 28, fs. 50, fs. 79, fs. 94, fs. 117, fs. 129 y fs. 142).

    Fecha de firma: 20/09/2016 Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.R., JUEZ DE CAMARA #16048808#162193699#20160921051221908 Es oportuno destacar que la marca “CUENTA JOVEN” n°

    1.837.946 se encuentra registrada en la clase 36 y no en la 16 como menciona el oponente en sus presentaciones.

    La Cooperativa señaló que, ante la imposibilidad de acuerdo con la oponente y atento la incomparecencia a la audiencia de mediación, inició demanda contra el BNA por cese de oposición al registro, la cual fue presentada el 8 de junio de 2010 en sede administrativa y ampliada en sede judicial el 11 de septiembre de 2015 (ver fs. 108/110 y fs. 181/191 y vta.).

    En lo que aquí interesa, señaló que las marcas “Cuenta Bisel Plus” de las clases 16, 35 y 36 se encontraban vencidas y que “Cuenta Joven”, de la clase 36 no pertenecía al Banco oponente, habiendo sido renovada el 21 de julio de 2011 por el Banco Macro S.A. (ver fs. 183 vta., punto 4, primer párrafo). Desde esa óptica alegó que las oposiciones carecen de sustento y legitimidad y solicitó que se haga lugar a la pretensión.

    El Banco Nación en su calidad de ex fiduciario del Banco Bisel, contestó la demanda a fs. 218/406; luego de la negativa genérica de rigor opuso excepción de falta de legitimación pasiva. Entendió que las oposiciones fueron “llevadas a cabo por el Nuevo Banco Bisel S.A., como lo certifican las ratificaciones realizadas…” (fs. 396, último párrafo).

    Sostuvo que al tiempo del conflicto administrativo la marca “CUENTA BISEL PLUS” era propiedad del Nuevo Banco Bisel S.A. y que “CUENTA JOVEN”, desde mayo de 2006, pertenecía al Banco Macro S.A. (“Banco Macro”).

    Previo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR