Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala F, 5 de Junio de 2018, expediente COM 003231/2017/CA001

Fecha de Resolución 5 de Junio de 2018
EmisorCamara Comercial - Sala F

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F “COOPERATIVA DE CREDITO RENACER LTDA. c/ EUROFAR S.R.L. Y OTRO s/EJECUTIVO “

EXPEDIENTE COM N° 3231/2017 VG Buenos Aires, 5 de junio de 2018.

Y Vistos:

  1. Viene apelada subsidiariamente la providencia de fs. 85 –

    sostenida en fs. 109- que, en orden a la falta de contestación del oficio librado al Banco de la Nación Argentina en el término acordado de diez días, hizo efectivo el apercibimiento de fs. 79 y dispuso la aplicación de $100 diarios en concepto de astreintes desde el 18/1/2018.

    Los agravios se volcaron en fs. 95/8 (arg. art. 248 CPCC), enfatizándose que el cumplimiento de lo solicitado (v. gr. envío del cheque rechazado) había ocurrido el 12/3/2018. De allí se derivó que no correspondía el devengamiento de astreintes por no encontrarse firme el auto que las impuso, tal como ocurría en la especie.

    S. OFICIAL De su lado, el accionante propició el mantemiento de la sanción. Precisó que la demora de 194 días para cumplir la manda judicial le impidió correr traslado de la demanda, retrasando innecesariamente el proceso.

  2. Conviene reseñar los hechos que informan la solución adoptada en el caso, a saber: (i) el primer oficio librado a la entidad U recurrente solicitándole la remisión del cheque n° 77885103 fue ingresado el 29/8/2017 (v. fs. 68), (ii) ante la falta de respuesta oportuna, se ordenó su reiteración el 27/11/2017 bajo apercibimiento de aplicar astreintes (fs. 79), (iii) el nuevo oficio se diligenció el 3/1/2018 (fs. 81), (iv) frente a la desobediencia advertida, se efectivizó el apercibimiento impuesto y se Fecha de firma: 05/06/2018 Firmado por: A.N.T., JUEZA DE CAMARA Firmado por: R.F.B., PRESIDENTE DE LA SALA F Firmado(ante mi) por: M.F.E., SECRETARIA DE CAMARA #29489496#207418840#20180604110427287 Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial – Sala F ordenó aplicar astreintes de $100 diarios desde el 18/1/2018 (fs. 85), (v) el cheque fue finalmente acompañado al expediente el 12/3/2018 (fs. 88).

    De la reseña formulada se sigue que desde una estricta visión procesal, aparece inconducente la resistencia a un proveído que es consecuencia directa de un criterio que no fue cuestionado y que, por tal, ha adquirido firmeza (cfr. esta S., 18/2/2010, "ADECUA C/HSBC Bank Argentina SA y otro s/beneficio de litigar sin gastos s/queja"; íd., 23/3/2010, "Banco Itau Buen Ayre SA c/ J.A. s/ ejecutivo s/ queja", 9/11/2010...

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