Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 2, 2 de Agosto de 2022, expediente CSS 177848/2018/CA001

Fecha de Resolución 2 de Agosto de 2022
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2

CAUSA Nº177848/2018 Sentencia Definitiva En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, , reunida la Sala Segunda de la Excelentísima Cámara Federal de la Seguridad Social para dictar sentencia en estos autos COOP. DE

PROVISION DE SER

  1. P/TECNICOS EN SEG. PR

  2. SAB 5 LTDA. c/ MRIO DE

    PROD. Y TRABAJO-SEC.GOB. DE TRAB. Y EMPL. s/IMPUGNACION DE DEUDA,

    se procede a emitir el voto VISTO

    Y CONSIDERANDO

    La COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS PARA TÉCNICOS EN

    SEGURIDAD PRIVADA SAB 5 LIMITADA, apela la Resolución D.R.F. nº 21361/2016 que desestima el recurso de impugnación interpuesto contra la Resolución de Fiscalización Nº

    22343/2014 que impone a la misma una multa de $ 7530,50 por infracción cometida al artículo agregado sin número a continuación el art. 40 de la ley 11.683 ( texto ordenado por Decreto Nº821/98), respecto del S.J.G. , a quien considera dependiente de la cooperativa.

    El apelante ha cumplido con el depósito previo de la multa por lo que se analizará el recurso interpuesto.

    Sostiene la recurrente que el sujeto relevado no es dependiente de la misma sino asociado. Señala que la Cooperativa se encuentra legalmente constituida y debidamente autorizada para funcionar por el INAES organismo con competencia específica y excluyente en la materia.

    Agrega, en tal sentido, la documentación acompañada que avalaría la regularidad de su constitución y funcionamiento. Cuestiona el procedimiento de determinación de la sanción.

    Con su descargo la actora aporta documentación referida a la constitución de la cooperativa y el carácter de socio del sujeto relevado.

    El Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social, hace hincapié para determinar la multa en lo declarado al momento del relevamiento, donde el trabajador afectado no manifestó su calidad de socio y declaró ser empleado de la requerida y consignó una fecha de ingreso anterior al acto inspectivo, tipo de remuneración jornada de trabajo, tareas desarrolladas y firmando para constancia. Refiere lo dispuesto por la Resolución 1891/05,

    art.3 y el carácter formal de la infracción que se imputa. Fija, en consecuencia, la multa .

    La Cooperativa acompaña respecto del Sr, G.A. del Consejo de Administración por el cual se acepta su solicitud de ingreso, F. del registro de asociados correspondiente al mismo y constancia de inscripción del monotributo Los elementos aportados resultan, a criterio del organismo, insuficientes para acreditar la condición de socio cooperativo del trabajador relevado. Por lo que no ha quedado Fecha de firma: 02/08/2022

    Firmado por: N.C. DORADO, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.L.P., SECRETARIA DE CAMARA

    Firmado por: JUAN A FANTINI ALBARENQUE, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: W.F.C., JUEZ DE CÁMARA SUBROGANTE

    acreditada la inexistencia de una relación laboral entre el relevado y la sumariada en los términos de la ley 20744 (T.O.) Se desestima la impugnación efectuada por la Cooperativa.

    La cuestión a dilucidar, es si estamos en presencia de un servicio dependiente, ante la presunción de una relación de trabajo encubierta en fraude a la ley laboral y previsional.

    En ese orden, debe ahondarse la investigación de modo de objetivar, sin margen de dudas, la certeza en cuanto se ha verificado un acto simulado y la consiguiente sanción que pretende imponerse.

    La ley 20337, art. 2º, determina que las cooperativas son entidades fundadas en el esfuerzo propio y la ayuda mutua para organizar y prestar servicios. En las sociedades cooperativas se utiliza el trabajo de los socios. Son administradas por éstos sobre la base de la igualdad de derechos y obligaciones, el trabajo sólo puede ser prestado por los asociados, los beneficios son el resultado de una empresa en común que se reparten en forma proporcional,

    todos participan con un solo...

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