Convenio N° 8/GCABA/05

FirmantesIbarra - Righi
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición26 de Abril de 2005

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

CONVENIO N° 8/ GCABA/ 05

ACUERDO COMPLEMENTARIO DE COOPERACIÓN ENTRE EL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL DE LA NACIÓN Y EL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - INTEGRIDAD SEXUAL - UNIDAD FISCAL - INVESTIGACIÓN DE DELITOS - TRATA DE PERSONAS - PROSTITUCIÓN INFANTIL - UFI-INT SEX - CONVENIO DE COOPERACIÓN 4-01

Buenos Aires, 26/04/2005

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 26 días del mes de abril de 2005 se reúnen el Procurador General de la Nación, Dr. Esteban Righi, en representación del Ministerio Público Fiscal de la Nación, en adelante MPF, con domicilio en la calle Guido 1577 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por una parte, y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dr. Aníbal Ibarra, en representación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante GCABA, con domicilio en la calle Bolívar 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de suscribir el presente acuerdo complementario sujeto a los siguientes antecedentes y cláusulas,

ANTECEDENTES:

Que la Ley N° 614 aprobó el Convenio de Cooperación N° 4/01 para la continuidad del proyecto de descentralización del Ministerio Público de la Nación, celebrado entre el Ministerio Público Fiscal de la Nación y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el 20 de febrero de 2001;

Que la cláusula tercera de aquel convenio establece que en lo sucesivo y en su marco, las partes pueden acordar proyectos complementarios;

Que en ese marco de cooperación las partes acuerdan la creación, en el ámbito del MPF, de una Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra la Integridad Sexual, la Trata de Personas y la Prostitución Infatil -en adelante UFI-INTSEX-, que se cometan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que se trata de un grupo de delitos que afectan valores esenciales de la persona y cuyo tratamiento e investigación merece una atención especial tanto por su gravedad como por las situaciones en las que se desarrollan;

Que por otra parte, es importante resaltar que el núcleo de la problemática que abarca este tipo de delincuencia representa no sólo una preocupación local sino también regional, motivo por el cual se han suscripto hasta la fecha diversos convenios internacionales que la República Argentina ha ratificado y que imponen la obligación estatal de aumentar los mecanismos de prevención y persecución tendientes a disminuir los delitos relacionados;

Que, en ese sentido...

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