Convenio N° 26/GCABA/04
Firmantes | Costanzo-Arbarello |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 26 de Enero de 2004 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
CONVENIO N° 26/ GCABA/ 04
CONVENIO SUSCRIPTO ENTRE LA SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN OPERATIVA DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES Y EL BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
Buenos Aires, 26/01/2004
ANEXOS
ANEXO
ANEXO
Modificación al Convenio entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Banco Ciudad de Buenos Aires para el Pago de Cuotas de Amortización de Préstamos Personales con Retención de Haberes
Buenos Aires, 26 de enero de 2004.
Entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado en este acto por el Subsecretario de Gestión Operativa de la Secretaría de Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Lic. Héctor Eduardo Costanzo, con domicilio en Av. de Mayo 525 de esta Ciudad, en adelante denominado EL GOBIERNO , por una parte, y el Banco Ciudad de Buenos Aires, representado en este acto por su Gerente General, Contador Hugo Harley Arbarello, con domicilio en Florida 302 de esta Ciudad, en adelante denominado EL BANCO , resuelven modificar las cláusulas novena y decimosegunda al Convenio de pago de cuotas de amortización de préstamos personales con retención de haberes, suscripto entre ambas entidades el 6 de julio de 1978, a tenor del texto que se transcribe a continuación:
Cláusula Novena: Dentro de los primeros siete (7) días hábiles de cada mes como plazo máximo, EL BANCO remitirá a EL GOBIERNO un listado en medio magnético u óptico con diseño que proveerá la Gerencia de Área Sistemas de EL BANCO, que se ajuste a las medidas de seguridad electrónicas o informáticas que determine dicha Gerencia, y que incluya las cuotas a abonar correspondientes a los créditos concedidos en el mes próximo pasado y en meses anteriores, con aclaración separada de altas y bajas, con los siguientes datos:
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Número de Obligación.
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Apellido y nombre del agente.
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Ficha censal.
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CUIL.
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Importe de la cuota a abonar.
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Cantidad de cuotas adeudadas.
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Fecha de vencimiento del préstamo.
En base a dicha información, EL GOBIERNO practicará la retención total pertinente en los haberes del mes, por intermedio de sus reparticiones. En los casos en que no se pueda realizar la retención de la totalidad de la cuota por encontrarse fuera del margen de...
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