Convenio N° 16/GCABA/SPU/01

FirmantesGarcía Espil
Jefe de GobiernoAníbal Ibarra
Emisor(Ex) Secretaría de Planeamiento Urbano
Fecha de la disposición12 de Noviembre de 2001

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO URBANO

CONVENIO N° 16/ GCABA/ SPU/ 01

CONVENIO ESPECÍFICO ENTRE LA SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO URBANO Y LA FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y URBANISMO DE LA UBA (FADU). 2° ETAPA DE PROPUESTAS PARA LA RECUPERACIÓN Y REORDENAMIENTO DEL SECTOR URBANO "ÁREA PATERNAL - AGRONOMÍA - CHACARITA (CHAP)".

Buenos Aires, 12/11/2001

CONVENIO N° 16

CONVENIO ESPECÍFICO CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y LA FACULTAD DE ARQUITECTURA, DISEÑO Y URBANISMO DE LA U.B.A. "ÁREA PATERNAL - AGRONOMÍA - CHACARITA 2° ETAPA"

Buenos Aires, 12 de noviembre de 2001.

Entre la Secretaría de Planeamiento Urbano del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en adelante "LA SECRETARIA", con domicilio en Carlos Pellegrini 211, 8° Piso, de esta Ciudad, representada por su Secretario Arq. Enrique García Espil, por una parte, y la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo dependiente de la Universidad de Buenos Aires, en adelante "LA FACULTAD", con domicilio en Ciudad Universitaria, Pabellón III, 4° Piso, de esta Ciudad, representada por su Decano, Arq. Berardo Dujovne, por la otra, acuerdan el presente convenio específico, anexo al Convenio Marco celebrado entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la Universidad de Buenos Aires, con fecha 11/3/97, registrado con el N° 5/97 (B.O.C.B.A. N° 161), y al Convenio Marco entre la Secretaría de Planeamiento Urbano y Medio Ambiente y la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo, de fecha 18/03/97, registrado por Resolución N° 117-SPUyMA-97, que las partes manifiestan conocer y que estará sujeto a los siguientes considerandos y cláusulas:

CONSIDERANDOS:

Que "LA SECRETARÍA" tiene asignada la realización de una 2° etapa de propuestas, a partir de las surgidas en la primera parte, para la recuperación y reordenamiento del sector urbano denominado Área Paternal - Agronomía - Chacarita (CHAP).

Que las barreras urbanas conformadas por extensas áreas subutilizadas constituidas por zonas industriales y depósitos en desuso, áreas de vivienda marginal, predios subutilizados por hospitales y equipamientos sociales y playas ferroviarias desafectadas, han motivado discontinuidades en la trama urbana, produciendo efectos de aislamiento, inconvenientes en la accesibilidad y conectividad con el resto de la ciudad. Las soluciones alternativas propuestas serán desarrolladas en esta 2° etapa.

Que la Universidad Nacional de Buenos Aires, consultora preferencial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, se encuentra en condiciones de brindar la asistencia necesaria, sobre la base del excelente nivel académico del plantel docente y técnico de la Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo.

Que resulta oportuno y conveniente para "LA SECRETARÍA" contar con la asistencia de dicha casa de altos estudios.

CLÁUSULAS:

PRIMERA: OBJETO:

En virtud de las necesidades detectadas en la 1° etapa, el presente convenio comprende la realización de una 2° etapa de propuestas para la recuperación y reordenamiento del sector urbano denominado Área Paternal - Agronomía - Chacarita (CHAP), que comprende:

  1. ESTRUCTURA GENERAL DEL PARQUE CENTRAL

  2. a Proyecto de los circuitos de bicisendas y paseos que integren los circuitos existentes del CHAP y del Parque Central.

  3. b Coordinación del diseño de la imagen institucional y comunicación del Parque Central.

  4. c Desarrollo de proyecto, cómputo, presupuesto y pliego de obras en veredas, muros, espacios verdes...

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