Juicios Varios / Contreras Lidia Rosa C/ Sanatorio Galeno S.C.E.I.. Aviso Nro: 150015

Fecha de la disposición27 de Abril de 2010
Número de Boletín27272
Fecha de Publicación27 de Abril de 2010

POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado de Conciliación y Trámite del Trabajo de la Cuarta Nominación, a cargo de la dra. Olga Yolanda Medina, Juez; Secretaría de La Proc. Emilia Perez Gandur De Bergamín, tramitan los autos caratulados:CONTRERAS LIDIA ROSA C/ SANATORIO GALENO S.C.E.I. Expediente N° 1505/08, en los cuales se realiza un breve resumen de la demanda motivo de la presente litis:Interpone demanda por la suma de $ 96.565,80 (Pesos Noventa y Seis Mil Quinientos Sesenta y Cinco con 80/100).-En fecha 06/07/98 mi mandante y actora en autos, Sra. Lidia Rosa Contreras, ingresó a trabajar bajo relación de dependencia para la contraria, con la categoría laboral de Personal Administrativo de Primera según C.C.T. N° 122/75 vigente para la actividad. Conclusiones. Surge a simple vista que la contraria actuó con carencia absoluta de buena fe (Art. 63 LCT), incumpliendo de este modo con las obligaciones y deberes de todo buen empleador, comportándose de modo injurioso respecto de mi mandante, quien ante la grave injuria (Art. 242 LCT) cometida en su contra (despido verbal de fecha 30/05/08), no proveyéndose a la actora de ocupación efectiva (Art. 78 LCT), es que esta última denuncia tales hechos y de esta manera, configuró su despido indirecto (Art. 242 y ccdtes. LCT), respecto del cual, la contraria, guardó el más absoluto silencio. VII- Petitorio. Por lo expuesto a VS solicito:1) Me tenga por apersonada, en el carácter invocado y con el domicilio legal constituido, otorgándose la correspondiente intervención de ley. 2) Se reserve en Caja Fuerte del Juzgado la documentación que en original acompaño.- 3) Se tenga presente las copias para autos que acompaño. 4) Se corra traslado de demanda por el término y bajo apercibimiento de ley. 5) Oportunamente, se haga lugar a la presente demanda en todas y cada una de sus partes con expresa imposición de costas a la contraria. A continuación se transcribe San Miguel de Tucumán, 27 de agosto de 2008.- En mérito al poder Ad-Litem que se acompaña téngase a la letrada María De Los Angeles Bussetti, por presentada en el carácter invocado con domicilio legal constituido. Désele intervención de Ley.- Cítese y Emplácese al demandado en autos, Sanatorio Galeno S.C.E.I.; en la persona de su representante legal en el domicilio denunciado a fin que en el perentorio término de Quince días comparezca a estar a derecho. Asimismo córrase traslado de la demanda para que en el mismo término la conteste bajo apercibimiento...

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