Expediente nº 7513/10 de Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas, 14 de Abril de 2011

Fecha de Resolución14 de Abril de 2011
EmisorSecretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas

Ministerio Público - Fiscalía ante la Cámara de Apelaciones con competencia en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 1 s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en/ S., E.E. y otros s/ infr. art. (s) 189, Tenencia de arma d

Expte. nº 7513/10 "Ministerio Público -Fiscalía ante la Cámara de Apelaciones con competencia en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 1- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'S., E.E. y otros s/ infr. art.(s) 189, Tenencia de arma de fuego de uso civil - CP (p/L 2303)'"

Buenos Aires, 14 de abril de 2011

Vistos: los autos indicados en el epígrafe.

Resulta 1. El titular de la Fiscalía ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 1 interpuso recurso de queja (fs. 71/77) contra el auto denegatorio de su recurso de inconstitucionalidad (fs. 67/70). Ese remedio procesal atacaba la decisión de la Sala III que confirmó la suspensión del proceso a prueba decidida, en primera instancia y pese a la oposición de la fiscalía, a favor del Sr. E.F.B..

  1. La fiscalía, en su recurso de inconstitucionalidad, afirmó que se encontraba legitimada para acceder a la vía extraordinaria y expuso las razones por las que entiende que la decisión impugnada constituye un auto que por sus implicancias debe ser equiparado a una sentencia definitiva. Sostuvo que la imposición al Ministerio Público Fiscal de la suspensión del proceso a prueba en contra de su expresa voluntad de continuar ejerciendo la acción penal en el caso constituye un avasallamiento de las competencias constitucionales del órgano que representa e importa la vulneración del debido proceso y del sistema acusatorio y sus principios rectores. En similar sentido, denunció que los camaristas se habrían apartado, sin ningún fundamento, de ciertos precedentes del Tribunal que consideró aplicables al caso (fs. 49/58).

  2. El Sr. Fiscal General Adjunto, al tomar intervención en autos, mantuvo el recurso deducido, propició que el TSJ hiciera lugar a la queja y tratase el recurso de inconstitucionalidad rechazado y que, oportunamente, declarara la nulidad de las decisiones cuestionadas a fin de poder continuar con el trámite del proceso (fs. 155/160).

    Asimismo, solicitó que se concediera efecto suspensivo al recurso, petición que fue resuelta favorablemente por el Tribunal en la decisión agregada a fs. 163/165.

    Fundamentos:

    Los jueces J.O.C., A.E.C.R. y L.F.L. dijeron:

    La cuestión que se debate en esta causa resulta análoga a la resuelta por el Tribunal in re "Ministerio Público -Fiscalía ante la Cámara de Apelaciones en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 1- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'B., C.M. s/ inf. art. 189 bis CP'"...

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