CONTRATOS SOCIALES - TECFUT SAS 1

Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2021

TECFUT SAS 1- Contrato de fecha 26 de Abril de 2021 2) accionistas: DANTE ESTEBAN PONCE, argentino con Documento Nacional de Identidad número 20.112.940, CUIT Nº 20-20112940-1 casado, nacido el día 10 de Marzo de 1968, de 53 años de edad, comerciante, con domicilio en Barrio 1° de Septiembre, Manzana L, Casa 10, Las Heras, Mendoza y JOEL ALEXANDER RIVERO, argentino con Documento Nacional de Identidad número 42.794.116, CUIT Nº 20-42794116-8, soltero, nacido el día 31 de Marzo de 1993, de 28 años de edad, comerciante, con domicilio en Molinero Tejeda 1961, Barrio Abel Zapata, Las Heras, Mendoza 3) denominación: TECFUT S.A.S. 4) domicilio social, legal y fiscal: Colon 412, Piso 3, Departamento B, Ciudad de Mendoza, República Argentina. 5) duración: 99 años. 6) objeto: a) INMOBILIARIAS, b) CONSTRUCTORA, c) SERVICIOS, d) CONSULTORA. 7) capital: El Capital Social se fija en la suma de $ 200000 (Pesos Cien Mil) representado por la cantidad de 2000 (mil) acciones, de $ 100 (Peso Cien) valor nominal cada una. Se suscribe el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: (a) Dante Esteban Ponce, suscribe la cantidad de 1000 acciones nominativas, ordinarias, no endosables, de cien pesos valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, (b) Joel Alexander Rivero, suscribe la cantidad de 1000 acciones nominativas, ordinarias, no endosables, de cien pesos valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción., El capital social se integra en un veinticinco por ciento (25%) en dinero efectivo, o sea Pesos Cincuenta mil ($ 50.000.-), mediante acta protocolar firmada por ante escribano público, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos (2) años, contados desde el presente acto. 8) sindicatura: prescinde 9) La administración y representación de la sociedad está a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros, y se los denominará directores. Los directores de la sociedad tienen a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuera plural, los directores la administrarán y representarán en forma indistinta. Duran en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un director suplente. Durante todo el tiempo en el cual la sociedad la integre un único socio, éste podrá ejercer las...

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