CONTRATOS SOCIALES - QUINTA SALUD SAS

Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2021

Instrumento Constitutivo de “QUINTA SALUD S.A.S.” Constitución de “QUINTA SALUD S.A.S.” De conformidad con el Art. 10 de la Ley 19.550, comunicase la constitución de una sociedad por acciones simplificada, conforme a las siguientes previsiones: Socios: el señor López Sebastián Emilio, D.N.I.: 27.596.232, CUIT: 20-27596232-6, de nacionalidad Argentino, nacido el 14/09/1979, profesión: psicólogo, estado civil: Soltero, con domicilio en calle Peru 2760 PB, Ciudad, Mendoza, mayor de edad, capaz, doy fe. Denominación o Razón Social: “QUINTA SALUD S.A.S.”. Domicilio: El domicilio legal, fiscal y de la sede social se fija en calle calle Rubilar 3002, Ciudad, Mendoza. Duración: su duración será de noventa y nueve (99) años a contar de su fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. Objeto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena o asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país: (a) La prestación de servicios profesionales de la psicología, a atreves de los propios titulares o mediante la contratación de otros profesionales de la materia como psiquiatras, psicólogos, nutricionistas, kinesiólogos, psicomotricistas, traumatólogos, licenciado en trabajo social, psicólogos de niños, oftalmólogo y odontólogos ; (b) La realización de cursos de capacitación a terceros, a través de los servicios propios de los titulares o contratación de profesionales idóneos; (c) El alquiler de espacios para la realización de actividades profesionales en la materia; (d) Coordinar, ejecutar, promover y apoyar la investigación científica en el campo de la salud privada. Capital Social: El Capital Social es de $ 200.000,00 (pesos dos cien mil) representado por dos mil (2000) acciones ordinarias escriturales, de cien pesos ($ 100,00) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Administración: La administración y representación de la sociedad está a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuera plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Duran en el cargo por...

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