Fecha de la disposición11 de Febrero de 2021

“OMA SAS”. En la Provincia de Mendoza, República Argentina, el día 02 de febrero de 2021, comparece el señor Omar Emilio Venturini, con Documento Nacional de Identidad numero: 17.946.559, CUIT N°: 20-17946559-1, de nacionalidad argentino, nacido el día 29 de julio de 1966, Ingeniero Civil, divorciado de sus primeras nupcias, con domicilio en calle Caracas 7898, La Puntilla, DEPARTAMENTO LUJAN DE CUYO, PROVINCIA DE MENDOZA, constituyendo dirección electrónica oeventurini@gmail.com y resuelve constituir una Sociedad por Acciones Simplificada de conformidad con las siguientes ESTIPULACIONES: ARTICULO PRIMERO: La sociedad se denomina “OMA SAS” y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la Provincia de Mendoza. Por decisión del órgano de administración podrá establecer agencias, sucursales y todo tipo de establecimiento o representación en cualquier otro lugar del país o del extranjero.ARTICULO SEGUNDO: El plazo de duración de la sociedad es de TREINTA (30) años, contados a partir de la fecha de su constitución. Dicho plazo podrá ser prorrogado por decisión de los socios. ARTICULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país, a la creación, producción, intercambio, fabricación, transformación, industrialización, comercialización, intermediación, representación, importación y exportación de toda clase de bienes materiales, incluso recursos naturales, e inmateriales y la prestación de toda clase de servicios, relacionados directa o indirectamente con las siguientes actividades: (a) Agropecuarias, avícolas, ganaderas, pesqueras, tamberas y vitivinícolas; (b) Comunicaciones, espectáculos, editoriales y gráficas en cualquier soporte; (c) Industrias manufactureras de todo tipo; (d) Culturales y educativas; (e) Desarrollo de tecnologías, investigación e innovación y software; (f) Gastronómicas, hoteleras y turísticas; (g) Inmobiliarias y constructoras; (h) Inversoras, financieras y fideicomisos, (i) Petroleras, gasíferas, forestales, mineras y energéticas en todas sus formas; (j) Salud, y (k) Transporte. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. ARTICULO CUARTO: El Capital Social es de pesos Cincuenta Mil ($ 50.000,00), representando por igual cantidad de acciones ordinarias, nominativas no endosables, de $ 1 (pesos uno), valor...

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