CONTRATOS SOCIALES - NSS S.A. -

Fecha de la disposición21 de Mayo de 2018

NSS S.A. - Según Acta de Subsanación de fecha 16/05/2018, por Escritura nº 46, ante la escribana Eliana Marcela Martín, titular del Registro Novecientos cuarenta y tres, se modificó el contenido del Artículo “Cuarto” y “Décimo segundo” del estatuto constitutivo de fecha 16/04/2018. Quedando redactados de la siguiente forma: Artículo Cuarto: La sociedad tiene por objeto, por cuenta propia o ajena o asociada con terceros las siguientes actividades: a) COMERCIALIZACION: Compra, venta, distribución, fraccionamiento, elaboración y consignación en cualquier punto de la República o del Exterior de bienes, mercaderías y materias primas para la industria gastronómica de la sociedad; elaboración de comidas para consumo dentro y fuera del local, servicios gastronómicos hacia tercero. Plantación de materia primas para la elaboración de comidas y su posterior comercialización. Alquiler de vajilla, mobiliarios para servicios gastronómicos. Podrá establecer franquicias. Realización de eventos sociales, tanto sea de servicio como la dotación de mercaderías. b) FINANCIERO: Podrá asimismo realizar toda clase de operaciones financieras, invirtiendo dinero propio, contratando o asociándose con particulares, empresas, fideicomisos o sociedades constituidas o a constituirse; tomar participaciones y fusiones con otras empresas o sociedades. c) EXPORTADORA E IMPORTADORA: Mediante la importación o exportación por cuenta propia de bienes y/o servicios relacionados a la actividad principal que desarrolle la sociedad. Esta actividad faculta a la entidad a intermediar en el comercio internacional, previa inscripción en las matrículas y registros pertinentes. d) MINERAS: Prestación de servicios relacionados con la minería, tales como transportes, servicios de catering, alojamiento. e) INMOBILIARIAS: Mediante la inversión en la adquisición para instalación de sedes sociales propias, su locación, explotación, transformación, venta y/o permuta de bienes inmuebles, urbanos, o rurales. La afectación al régimen de pre-horizontalidad y la propiedad horizontal y la venta de tierras en fracciones, lotes o parcelas conforme a sus respectivas reglamentaciones legales. f) CONSTRUCTORA: Mediante el proyecto, cálculo, dirección técnica, ejecución, administración...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR