CONTRATOS SOCIALES - ITV S.R.L.

Fecha de la disposición 1 de Agosto de 2019

ITV S.R.L. - DEL CITTADINO - UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS. Comunicase la constitución de una UTE. En la Ciudad de Mendoza, a los tres días del mes de Julio de dos mil diecinueve, se reúnen ITV S.R.L., con domicilio en Av. Perón 363, Viedma, Río Negro, representada en este acto por su Socio Gerente, CHRISTIAN JAVIER ANDRÉS, DNI 21.739.447 y FERNANDO DEL CITTADINO, DNI 31.029.245, en adelante denominadas las "EMPRESAS", las que resuelven suscribir el presente contrato de Unión Transitoria de Empresas sujeto a los siguientes artículos: PRIMERO: DENOMINACIÓN - DOMICILIO: Con la denominación de "ITV S.R.L. - DEL CITTADINO - UNIÓN TRANSITORIA DE EMPRESAS", en adelante "UTE" queda constituida una Unión Transitoria de Empresas, que se regirá por los Arts. 1463 a 1469 del Código Civil y Comercial, la Ley 19.550 y la Ley Provincial 8.523 como también por las disposiciones de este contrato. El domicilio especial a los fines previstos en el Art. 1464 inc. e) del C.C.C. es el sito en Carril Cervantes 2330, Godoy Cruz, Mendoza. SEGUNDO: OBJETO: La UTE tendrá por objeto realizar verificaciones técnicas vehiculares, diagnóstico de fallas, controles mecánicos y de emisión de gases, medición de frenos, detección de holguras, control de alineación y especialmente todas las acciones obligatorias derivadas de las Leyes Nacionales 24.449 y 26.363, Decretos Nacionales 779/95 y 1716/08, Resolución 417/9 de la Secretaría de Transporte, Ley Provincial 9024 y el Decreto Provincial 326/18. Es decir que el presente contrato regulará la relación entre las EMPRESAS dentro del régimen de Unión Transitoria de Empresas para la ejecución y desarrollo conjunto de la actividad de un Taller de Verificación Técnica Vehicular. TERCERO: DURACIÓN: La duración de este contrato de Unión Transitoria de Empresas será de QUINCE (15) AÑOS. CUARTO: DATOS DE LAS EMPRESAS: Las EMPRESAS, conforme a lo dispuesto por el Art. 1464, inc. d) del C.C.C., denuncian sus respectivos datos de inscripción, como asimismo la resolución social de ITV S.R.L. que aprobó la celebración de esta UTE, según el siguiente detalle: ITV S.R.L.: a) Inscripta en el Registro Público a cargo Inspección General de Personas Jurídicas de Río Negro, en el Libro de Protocolo de Contratos, Tomo XXXIII, Folio 7777/7780, Número 1849, de fecha 28 de Octubre de 2015, con domicilio en calle Avenida Perón 363 de Viedma, Río Negro. b) La resolución del órgano de Administración que dispuso la constitución de la UTE se adoptó en la Asamblea General Extraordinaria que se celebrara el día 24 de Junio de 2019, por Acta de Asamblea de Socios N° 4. FERNANDO DEL CITTADINO: a) Comerciante inscripto en el Registro Público de Comercio a cargo de la Dirección de Personas Jurídicas de Mendoza. QUINTO: DIVISIÓN DE ACTIVIDADES - CONFIDENCIALIDAD: A los efectos del cumplimiento del objeto de la UTE las EMPRESAS convienen que la ejecución de los servicios y tareas o actividades descritos en la Artículo Segundo más todas las acciones obligatorias que pudieren derivar de la Ley 24.449, su Decreto Reglamentario 779/95 y la Resolución 417/9 de la Secretaría de Transporte, estará a cargo de FERNANDO DEL CITTADINO, asumiendo este último la responsabilidad por la ejecución del presente contrato. Las EMPRESAS dejan expresamente establecido que toda información que se intercambien entre ellas será confidencial, sin importar el medio de comunicación que utilicen para ello, comprometiéndose a tomar las medidas adecuadas para evitar que terceros accedan o participen de...

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