CONTRATOS SOCIALES - INTEGRA MINERA COBRE MENDOZA S.A

Fecha de la disposición20 de Agosto de 2021

INTEGRA MINERA COBRE MENDOZA S.A. Que vienen por este Acto a constituir una sociedad anónima que se regirá por las disposiciones de la ley 19.550 y por las cláusulas del estatuto que se establecen a continuación: DENOMINACIÓN, DOMICILIO; PLAZO Y OBJETO: ARTICULO PRIMERO: La sociedad se denomina INTEGRA MINERA MENDOZA S.A..- La sociedad tiene su domicilio legal en la jurisdicción de la Provincia de Mendoza, República Argentina. El Directorio podrá constituir los domicilios especiales y fiscales que para determinados actos o contratos resulten necesarios y establecer sucursales, agencias, oficinas, delegaciones, representaciones, establecimientos, y cualquier otra unidad o dependencia en el país o en el.- DURACION. ARTÍCULO SEGUNDO: La duración de la sociedad se fija en noventa y nueve (99) años a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. OBJETO. ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto la realización por cuenta propia o de terceros o asociada a éstos o en comisión o por mandatos de terceros, sean estos empresas nacionales o extranjera, privadas o públicas, sean esta entidades o sociedades estatales o de economía mixta, en asociación, o en uniones transitorias de empresas, por licitaciones públicas o contrataciones directas; subastas, representaciones, mandatos, agencias, comisiones consignaciones, gestiones de negocios y administración en cualquier parte del país o del extranjero; las siguientes actividades: Mineras: 1) Prospectivas: Mediante la prospección, exploración, investigación, evaluación técnica y económica o cualquier otro tipo de tareas tendientes a estos fines de cualquier tipo o clase de yacimientos, colas o residuos minerales, materias orgánicas, inorgánicas o productos químicos, sean propios o de terceros cualquiera sea el origen o forma de los derechos sobre los mismos, sus pertenencias, derechos de exploración, explotación o cateo, arrendamiento o cualquier otro título válido de acuerdo a la ley. 2) Extractivas: Mediante la explotación de minas, canteras y yacimientos, depósitos de canto rodado, arenas, arcillas o similares; minerales ferrosos y no ferrosos incluyendo la extracción, transformación, procesamiento, beneficio y/o transporte de cualquier clase de mineral, colas, residuos minerales, sustancias orgánicas o inorgánicas, realizando todas las tareas necesarias a esos fines cualquiera sea el origen o forma de los derechos sobre los mismos, sus pertenencias, derechos de exploración...

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