CONTRATOS SOCIALES - CONTARDI ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA

Fecha de la disposición17 de Octubre de 2017

CONTARDI ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA De conformidad a lo prescripto por el artículo 10, inciso a) de la Ley 19.550 comunicase la constitución de una sociedad anónima, conforme con las siguientes cláusulas 1) SOCIOS: la Señora NADYA SOLEDAD CONTARDI GALERA, argentina, Documento Nacional de Identidad número 31.273.733, C.U.I.T : 27-31.273.733-2, nacida el dieciséis de octubre de mil novecientos ochenta y cuatro, de treinta y un años de edad, quien declara ser comerciante, y el Señor ERWIN JONATHAN GOMEZ BUSTOS, argentino, Documento Nacional de Identidad número 30.972.200, C.U.I.T: 20-30972200-1, nacido el doce de junio de mil novecientos ochenta y cuatro, de treinta y un años de edad, quien declara ser de profesión comerciante, ambos declaran ser esposos de primeras nupcias y tener domicilio en 2º Barrio 13 de Diciembre , Ushuaia 616, Lujan de Cuyo, Mendoza; ambos mayores de edad, hábiles, 2) ACTA CONSTITUTIVA: a catorce días del mes de Marzo del año Dos mil Dieciséis, por ESCRITURA NUMERO SEIS, del registro notarial Nº 925 de Capital, Provincia de Mendoza, a cargo de la escribana pública Natalia Carolina Araniti. 3) RAZON SOCIAL Que por el presente instrumento dejan formalizada la constitución de una sociedad anónima que se denominará “CONTARDI ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA” 4) DOMICILIO SOCIAL: Que a los efectos de lo dispuesto por el Artículo 11, inciso 2 de la Ley 19.550, fijan domicilio de la Sede Social, Fiscal y Legal, en Barrio Los Olivos IV Manzana E Casa 10, Vistalba Lujan de Cuyo, Mendoza; 5) OBJETO SOCIAL TERCERO: A) Comerciales: Mediante la compra y venta, y/o permuta, leasing, exportación e importación de productos, subproductos, mercaderías, elementos materiales, maquinarias, bienes muebles en general, por mayor y menor y sin restricción alguna; patentes de invención, marcas, diseños y modelos industriales; comisiones, mandatos, consignaciones y representaciones. B) Financieras: Mediante préstamos, aportes y/o inversiones de capitales a particulares o sociedades, compra y venta de títulos valores, otorgamiento de créditos en general, con o sin garantía, y toda clase de operaciones financieras permitidas por la legislación en vigencia, con exclusión de las operaciones comprendidas en la Ley de entidades financieras y cualquier otra que requiera el concurso público. C) Mandataria: 1) El ejercicio de representaciones, comisiones y mandatos en general; Ejercer mandatos, comisiones, consignaciones, representaciones de firmas que actúen...

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