CONTRATOS SOCIALES - CONSTITUCIÓN HYDRA DE CUYO S.A.S.

Fecha de la disposición15 de Febrero de 2018

CONSTITUCIÓN “HYDRA DE CUYO SOCIEDAD ANÓNIMA.” ESCRITURA NÚMERO ONCE.- PROTOCOLO GENERAL.- En la Ciudad de MENDOZA, República Argentina, a los dos días del mes de Febrero del año Dos mil dieciocho ante mí: SILVESTRE PEÑA Y LILLO, abogado en ejercicio de la función notarial, Titular del Registro número 422 de Capital, Mendoza.- COMPARECEN: los señores Juan Pablo ARANIBAR, argentino, titular del documento nacional de identidad número 24.917.591, CUIT 23-24917591-9, nacido el 8 de marzo de 1976, quien manifiesta ser de estado civil soltero y tener domicilio en calle Paso de los Andes 1475 - Godoy Cruz, Mendoza; y María Eugenia TROMBETTA , argentina, titular del documento nacional de identidad número 24.232.394, CUIT 27- 24232394-2, nacida el 1 de marzo de 1975, quien manifiesta ser de estado civil divorciada y tener domicilio en calle Emilio Coni 2089 Piso 3 Departamento B, de esta provincia de Mendoza. Los comparecientes manifiestan no tener su capacidad restringida en virtud de sentencia alguna, a quienes individualizo conforme al artículo 306 inciso a del Código Civil y Comercial de la Nación, doy fe.- DICEN: PRIMERO. Que vienen por este acto a constituir una Sociedad Anónima Simplificada, que se denominara “HYDRA DE CUYO SOCIEDAD ANONIMA SIMPLIFICADA” en adelante identificada como S.A.S.- SEGUNDO. Que a los efectos de lo dispuesto por el artículo 11, inciso 2º de la Ley 19.550, fijan domicilio de la sede social en la calle Juan B Justo 1746 , Departamento de Godoy Cruz, provincia de Mendoza- TERCERO. La sociedad que se constituye, se regirá por el siguiente estatuto: TITULO l.- DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN, OBJETO.- ARTÍCULO PRIMERO: Bajo la denominación de “HYDRA DE CUYO S.A.S.”, queda constituida una Sociedad Anónima Simplificada que se regirá por el presente estatuto y supletoriamente por la Ley 19.550 sus modificatorias, el Código Civil y Comercial de la Nación y demás leyes y reglamentaciones vigentes.- ARTICULO SEGUNDO: Tiene su domicilio legal, social y fiscal en la Provincia de Mendoza, pudiendo establecer por intermedio de su directorio, Sucursales, Agencias y oficinas en cualquier parte del país o del exterior.- ARTICULO TERCERO: Su duración será de NOVENTA Y NUEVE años a partir de la inscripción en el Registro Público de Sociedades Anónimas.- ARTICULO CUARTO: OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto, dedicarse por cuenta propia y/o ajena y/o asociada a sus efectos con terceros, sean personas físicas o jurídicas, en el país o en el extranjero, o mediante técnicos, profesionales o idóneos contratados a tal fin, para la realización de las siguientes actividades: 4.1. Construcción y o compra de Planta de tratamiento de agua. Tratamiento de purificación de agua y su fraccionamiento y embotellamiento o envasado. Compra y venta de artefactos, insumos y equipamientos para la elaboración y producción de agua purificada. Servicio técnico y asesoría en el tratamiento de aguas a particulares y o empresas. Comercialización, importación y exportación de agua purificada. MANDATARIA: Ejercer mandatos, comisiones, consignaciones, representaciones, patentes, marcas de fábrica, licencias, diseños industriales, comprarlos, venderlos y percibir cualquier remuneración por la intervención antes mencionada, sea de origen nacional o extranjera relacionado con el tratamiento de agua, objeto del presente contrato Para el cumplimiento de las tareas técnicas que requiera el cumplimiento del objeto social, la sociedad contratará el asesoramiento de profesionales matriculados en las especialidades que correspondan. TÍTULO II.- CAPITAL, ACCIONES Y ACCIONISTAS.- ARTICULO QUINTO: El...

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