CONTRATOS SOCIALES - 'AYFRA S.R.L. - CONSTRUCTORA SAN JOSÉ S.R.L. - PROCON S.R.L. U.T.'

Fecha de la disposición28 de Mayo de 2018

“AYFRA S.R.L. - CONSTRUCTORA SAN JOSE S.R.L. – PROCON S.R.L. - U.T.”. Comunicase la constitución de una Unión Transitoria. Las empresas AYFRA S.R.L., con domicilio en Avenida San Martín 1074, 6° Piso, Depto. “D” de la ciudad capital de Mendoza; CUIT N° 30-65788370-7, representada en este acto por su socio gerente Sr. MARCELO BARGAZZI, D.N.I. N° 16.555.363; CONSTRUCTORA SAN JOSE S.R.L., con domicilio en calle Güemes s/n, Barrio Los Cipreses, Manzana A, Casa 25, Departamento Rivadavia, provincia de Mendoza con CUIT N° 30-69498833-0, representada en este acto por su socio gerente, Sr. JOSE ANGEL CANDELORO, D.N.I. N° 17.989.434 y PROCON S.R.L. con domicilio legal y fiscal en calle Catamarca N° 65, 1er. Piso, Oficina 1 de la ciudad capital de Mendoza, Provincia de Mendoza, con CUIT N° 30-58987153-3, representada en este acto por sus socios gerentes Sr. JUAN CARLOS AZOR, D.N.I. Nº 11.728.660 y Sr. OCTAVIO CRISTIAN GARCÍA, D.N.i. Nº 21.828.093, declaran lo siguiente: 1º) Que vienen a constituir una UNION TRANSITORIA a los fines de licitar, contratar y ejecutar la obra por LICITACIÓN PUBLICA, “OBRA: “PAVIMENTACIÓN y REMODELACIÓN en AVENIDA PERÓN del DEPARTAMENTO DE GODOY CRUZ, MENDOZA” –Expte. Nº 325-S-2018– Secretaría de Ambiente, Obras y Servicios Públicos, Dirección de Obras Públicas, Municipalidad de Godoy Cruz, Mendoza”, y asumiendo las obligaciones emanadas de la adjudicación y contratación, sin perjuicio de las responsabilidades individuales en que pudieran incurrir cada una de las empresas en cuanto a la ejecución de la obra, el cumplimiento de las condiciones del contrato, sus responsabilidades patronales, sus relaciones frente a terceros y demás obligaciones legales y contractuales pertinentes hasta la extinción de las mismas. 2º) Que conforme las resoluciones adoptadas por el órgano social de Ayfra S.R.L., Constructora San Jose S.R.L. y Procon S.R.L., todos asumen responsabilidad solidaria ante la Secretaría de Ambiente, Obras y Servicios Públicos, Dirección de Obras Públicas, Municipalidad de Godoy Cruz, Mendoza, por los servicios objeto de la contratación declarada en el punto anterior. 3º) Que a los fines de regular los derechos y obligaciones de las empresas, derivadas de su participación en la ejecución de la obra, se hace necesario proceder al dictado de las normas pertinentes. 4º) Que cada una de las “empresas” conforme a lo dispuesto por el artículo 1464, inciso d) del Código Civil y Comercial de la Nación, denuncian sus datos de inscripción registral y las resoluciones de los órganos sociales que aprobaron la celebración de esta unión transitoria, según el siguiente detalle: a) Ayfra S.R.L., 1) inscripta a fs. 1 y 8 del Legajo 3482 del Registro Público de Sociedades de Responsabilidad Limitada; 2) resolución de socios del día 23/02/2018, obrante a fs. 59 del libro de actas; b) Constructora San José S.R.L., 1) inscripta a fs. 1 y 8 del Legajo 5395 del Registro Público de Sociedades de Responsabilidad Limitada con fecha 18 de abril de 2.000; 2) resolución de socios del día 28/02/18, Acta Nº 129; y c)...

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