CONTRATO

Fecha11 Octubre 2023
Número de registro508519
EmisorTECGEO S.R.L.

1) Socios: ANDRES CARLOS CIARLANTINI, argentino, nacido el 9 de Abril de 1982, de apellido materno Marentes, D.N.I. N° 29.144.562, C.U.I.T. N° 20-29144562-5, soltero, industrial, domiciliado en calle J. Cuffia N° 1372 de la ciudad de Armstrong y FERNANDO ANDRES ZAMBANO, argentino, nacido el 24 de Julio 1979, de apellido materno Rudolf, D.N.I. N° 26.941.438, C.U.I.T. N° 20-26941438-4, divorciado según Resolución Judicial N° 1162 de fecha 3 de Agosto de 2017, Expediente N° 2002/13 del Juzgado de Primera Instancia de Familia de Distrito N° 6 de Cañada de Gómez, industrial, domiciliado en calle Rivadavia N° 873 de la ciudad de Armstrong.

2) Fecha del instrumento de constitución: 19 de Septiembre de 1023.

3) Denominación social: TECGEO S.R.L.

4) Domicilio: Lote N° 19, Parque Industrial II de la ciudad de Cañada de Gómez, departamento Iriondo, provincia de Santa Fe.

5) Objeto social: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, a la fabricación, distribución de maquinarias agrícolas, sus partes, piezas y accesorios; la fabricación, distribución y comercialización de productos plásticos y la explotación agrícola, ganadera y granjera.

6) Duración: 40 años desde su inscripción.

7) Capital Social: Pesos un millón doscientos mil ($ 1.200.000)

8) Composición de los órganos de administración y fiscalización: Gerencia a cargo del señor Andrés Carlos Ciarlantini; quien actuará de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula sexta del contrato social; la fiscalización estará a cargo de todos los socios.

9) Organización de la representación legal: Indistinta.

10) Fecha de cierre del ejercicio: 31 de Agosto.

11) Administración, Dirección y Representación: estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “socio-gerente”, o “gerente”, según, el caso, precedida de la denominación social, actuando en forma individual y/o indistinta cada uno de ellos. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

$ 100 508519 Oct. 11

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