CONTRATO

Fecha15 Junio 2023
Número de registro501635
EmisorFREYRE DESARROLLOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Por estar así dispuesto en Autos Caratulados “FREYRE DESARROLLOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA S/CONSTITUCION DE SOCIEDAD” Expte. CUIJ Nº 21-05205393-2 (956/2021) de trámite por ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe; se hace saber que los integrantes de la entidad: Sr. FRANCISCO AGUSTIN BASILICO y el Sr. CARLOS JOSE PAMA, han resuelto lo siguiente: Constitución de “FREYRE DESARROLLOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”

CONTRATO DE LA SOCIEDAD: Fecha de Contrato Constitutivo: 22 de Diciembre de 2020

Socios: Basilico, Francisco Agustín, argentino, nacido el 21 de diciembre de 1976, casado en primeras nupcias con Zita Lilian Marañón Vouilloz, de profesión Contador Público, CUIT 20-25519560-4 con domicilio en Las Macluras 5931 de la ciudad de Santa Fe, D.N.I. N° 25.519.560 y Parma, Carlos José, argentino, nacido el 10 de julio de 1980, soltero, de profesión Arquitecto, CUIT 20-28157762-0 con domicilio en Javier de la Rosa 485 de la ciudad de Santa Fe, D.N.I. 28.157.762

Denominación: FREYRE DESARROLLOS SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S.R.L.)

Domicilio: Irigoyen Freyre 2675 piso 2 departamento A de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital de la Provincia de Santa Fe

Duración: 30 años contados desde su inscripción en el Registro Público.

Objeto: Tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, a las siguientes actividades: a)Adquisición, venta y/o permuta de toda clase de bienes inmuebles, urbanos y rurales, compra-venta de terrenos y subdivisión fraccionamiento de tierras, urbanizaciones con fines de explotación, renta o enajenación, inclusive en el régimen de propiedad horizontal, excluyendo las operaciones regladas por la Ley N° 13.154 las que deberán realizarse con la debida concurrencia de profesional habilitado en la materia y la habilitación profesional de uno de los socios en caso de que las disposiciones legales así lo requieran. b) Administración de consorcios, barrios cerrados y todo tipo de inmueble. c) Construcción de inmuebles. Ejecución, dirección, proyecto y administración de obras civiles, hidráulicas, portuarias, sanitarias, eléctricas, urbanizaciones, pavimentos y edificios, incluso destinados al régimen de propiedad horizontal, construcción de silos, viviendas, talleres, estaciones de servicios, puentes, sean todos ellos públicos o privados, refacción o demolición de las obras enumeradas, proyectos,...

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