CONTRATO

Fecha20 Noviembre 2020
Número de registro431089
EmisorGRUPO 1 CONSTRUCCIONES S.R.L.

Se hace saber que en la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, a los 30 días del mes de octubre de 2020 entre los Sres. Gonzalo Oscar Espíndola, DNI 20.705.194, CUIT 20-20705194-3, nacido el 29-11-1969, de apellido materno Franco, argentino, casado en primeras nupcias con Mariana Carolina Arias (con régimen patrimonial de separación de bienes por convención matrimonial pasada por la Escribana Elisa Repetto Grondona, conforme Escritura Nro. 78 de fecha 28-4-2016), arquitecto, domiciliado en calle Pueyrredón 1639 Piso 14 de Rosario y Horacio Eduardo Jiménez, DNI 20.174.018, CUIT 20.174.018, argentino, nacido el 01-03-1968, de apellido materno Ganem, casado en primeras nupcias con Gabriela Fabiana Pagano (con régimen patrimonial de separación de viene por convención matrimonial pasada por la Escribana Elisa Repetio Grondona, conforme Escritura Nro. 80 de fecha 28-4-2016), arquitecto, domiciliado en calle Moreno 2079 Piso 3 de Rosario y Florencia Analía Espíndola, DNI 20.207.933, CUIT 23-20207933-4, nacida el 18-10-19, de apellido materno Di Franco, divorciada de Biranchi Narayan Panda (conforme resolución Nro. 1218 de fecha 17-4-2015 emanada del Tribunal Colegiado de Familia Nro. 7 de Rosario), comerciante, domiciliada en calle Jujuy 2098 Piso 9 de Rosario, argentina, únicos socios de Grupo 1 Construcciones S.R.L., CUIT 30-70837412-8, ratifican la solicitud de reconducción y modificaciones de la sociedad resuelta en reunión de socios de fecha 07-03-2020 en Rosario, y que dicha sociedad tiene su domicilio legal en calle San Juan 2595 Piso 1 de Rosario que su duración se fija en 50 años a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio y su objeto es: a) la compra y venta de inmuebles propios sin intermediar en la compraventa, b) venta y transferencia de los inmuebles en el estado en que se encuentren, c) y/o en construcción, d) y/o venta de las unidades que se construyan en cada uno de los edificios a construir, e) y/o transferencia del dominio a los que resulten compradores de las unidades construidas en cada edificio que se construya, previo sometimiento al Régimen de Propiedad horizontal, f) y/o actos destinados a la administración sean propios y/o de terceros y g) importación y exportación de productos afines. El capital social se fija en la suma de $100.000 dividido en 100.000 cuotas de $1 cada una, suscripto por los socios en la siguiente forma: a) Gonzalo Oscar Espíndola: 32.000 cuotas valor nominal $32.000, b) Horacio Eduardo Jiménez:...

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