CONTRATO

Fecha01 Marzo 2023
Número de registro494395
EmisorFOCA S.R.L.

Por estar así dispuesto en autos caratulados: FOCA S.R.L. s/Constitución de sociedad, Expte. Nro. 2910/2022 CUIJ N° 21-05210190-2; en trámite por ante el Registro Público de la Ciudad de Santa Fe, se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial conforme a lo previsto por art. 10 inc. a de la Ley 19.550, a saber: 1- Datos personales socios: FOOS, EDUARDO NICOLAS, DNI 32.930.024, nacido el 11102/1987, argentino, soltero, empresario, con domicilio en calle Terragni Nro. 1419 de la ciudad de Esperanza, Santa Fe, CUIT: 20-32930024-3; FOOS, JORGE LUIS, DM 29.992.140, nacido el 07/06/1983, argentino, divorciado, empresario, con domicilio en calle Maipú Nro. 1615 de la ciudad de Esperanza, Santa Fe, CUIT: 23-29992140-9; 2- Fecha Instrumento: 22/12/2022; 3- Denominación Social: FOCA SRL.; 4- Domicilio Social: Amado Aufranc Nro. 1145, de ciudad de Esperanza, Provincia de Santa Fe. 5- Objeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en cualquier punto de la República o en el extranjero las siguientes actividades a saber: I-. Comercialización de materiales para la construcción y afines: venta por mayor y menor, almacenamiento, acopio, transporte y distribución de todo tipo de materiales para la construcción de viviendas, obras civiles, construcciones, artículos de ferretería, griferías, sanitarios, pisos, revestimientos, chapas, hierro, perfiles, artefactos eléctricos, y todo tipo de materiales vinculados a la construcción; II- Emprendimientos inmobiliarios: Mediante la construcción, modificación o refacción de edificios, públicos o privados; adquisición, venta, permuta, explotación, arrendamientos, administración y construcción en general de inmuebles urbanos o rurales, realización de loteos, fraccionamiento de bienes inmuebles, sometimiento a propiedad horizontal, conjuntos inmobiliarios, tiempos compartidos, explotación de oficinas, locales e inmuebles en general, por sistema de alquiler, arriendo, subarriendo, leasing inmobiliario, préstamo de uso, de tiempo compartido, cesión de uso bajo cualquier forma prevista en la ley, respetando las limitaciones y/o prohibiciones previstas en la leyes reglamentarias de dichos contratos (Ley 19.550, 24.441, 24.083), y en especial Ley Provincial Nro. 13154 art. 9. Sin perjuicio de las limitaciones y recaudos antes apuntados, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derecho y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las...

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