CONTRATO
Fecha | 22 Octubre 2021 |
Número de registro | 464274 |
Emisor | PACON S.R.L. |
1 - Integrantes de la Sociedad: Rivero Nahuel Nicolas, argentino, nacido el 12 de Septiembre de 1990, titular del DNI 34.937.913, CUIT 23-34937913-9, de profesión comerciante, de estado civil soltero, domiciliado en la calle Gutiérrez 1757 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe y el Sr. Herrera Ezequiel Alberto, argentino, nacido el 5 de Octubre de 1990, titular del DNI 35.452.857, CUIT 20-35452857-7, de profesión comerciante, de estado civil soltero, domiciliado en la calle Ovidio Lagos 4687, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
2 - Denominacion: Pacon S.R.L.
3 - Fecha instrumento constitución: 6 de Septiembre de 2021.
4 - Domicilio: La sociedad tiene su domicilio legal en la localidad de Rosario, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias, sucursales, o depósitos en cualquier punto del país o del extranjero y nombrar representantes. Tiene su sede social Piedras 1482, Rosario, Santa Fe.
5 - Duración: Su duración es de 10 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.
6 - Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, en cualquier parte de la república o del extranjero: A la fabricación, envasado, comercialización y distribución de productos alimenticios, de panadería y confitería.
7 - Capital: Artículo 5: Capital social. El capital es de pesos $ 812.840 (Ochocientos doce mil ochocientos cuarenta), dividido en ochenta y un mil doscientas ochenta y cuatro (81.284) cuotas, de pesos diez (10) de valor nominal cada una. El capital se suscribe en su totalidad en este acto de acuerdo al siguiente detalle: Rivero Nahuel Nicolas, suscribe cuarenta mil seiscientas cuarenta y dos (40.642) cuotas de capital, es decir la suma de $ 406.420,00 (cuatrocientos seis mil cuatrocientos veinte pesos) que integra de la siguiente manera: $ 6.270,00 (seis mil doscientos setenta pesos) en efectivo en este acto y la suma de $ 400.150,00 (cuatrocientos mil ciento cincuenta pesos) en este acto en bienes, según balance que se firma separadamente y que forma parte integrante de este contrato. Estos bienes se valuaron a costo de reposición y se incorporan a ella de acuerdo a la Ley de Sociedades Comerciales; Herrera Ezequiel Alberto, suscribe cuarenta mil seiscientas cuarenta y dos (40.642) cuotas de capital, es decir la suma de $ 406.420,00 (cuatrocientos seis mil cuatrocientos veinte pesos) que integra de la siguiente manera: la suma de $ 406.420,00 (cuatrocientos seis mil cuatrocientos veinte pesos) en este acto en bienes, según balance que se firma separadamente y que forma parte integrante de este contrato. Estos bienes se valuaron a costo de reposición y se incorporan a ella de acuerdo a la Ley de Sociedades Comerciales. La sociedad podrá duplicar el capital indicado, mediante reunión de socios, que requerirá para su aprobación el voto favorable de más de la mitad del capital; la misma reunión fijará el monto y los plazos para su integración.
8 - Administración: Artículo 6: La administración, dirección y representación estará a cargo de uno o más gerentes, socios o no. A tal fin usarán sus propias firmas de manera indistinta, con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente”, según el caso, precedida de la denominación social. Los gerentes en el cumplimiento de sus funciones podrán realizar todos los actos y contratos necesarios para el desenvolvimiento del objeto social sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos Nº 375 del Código Civil y Comercial Nacional y Decreto Nº 5965/63 articulo Nº 9 con la única excepción de prestar fianza o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones...
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