CONTRATO
Fecha | 21 Abril 2020 |
Número de registro | 417454 |
Emisor | TASHERIT S.A.S. |
Socios: VICTORIA GUTIERREZ VICEDO, D.N.I. 39.754.011, de nacionalidad argentina, nacida el 14 de mayo de 1996, CUIT 27-39754011-7, de profesión comerciante, soltera, con domicilio en calle Corrientes 1086, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe
Razón Social: "TASHERIT S.A.S."
Domicilio Legal: Corrientes 1086 de la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.
Objeto La sociedad tiene por objeto la realización, por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el exterior de las siguientes actividades: Instalación, explotación, administración y dirección de establecimientos de belleza, Spa tratamientos estéticos corporales no invasivos, salones de peinado y perfumería.
A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
Fecha Constitución: 17/02/2020
Plazo: 90 años contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.
Capital Social: Artículo 4: El capital social es de 50.000 pesos, representado por igual cantidad de acciones escriturales, de Un (1) pesos, valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo 44 Ley 27.349.
Artículo 5: Las acciones escriturales correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o preferidas. Estas últimas podrán tener derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijársele una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho de un (1) voto. Las acciones preferidas pueden emitirse con o sin derecho a voto.
Artículo 6: La transferencia de las acciones es libre, debiendo comunicarse la misma a la sociedad.
Artículo 7: Las acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones del artículo 211 de la ley 19550. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción.
Artículo 8: En caso de mora en la integración del capital el directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el Art. 193 de la ley 19550.
VICTORIA GUTIERREZ VICEDO suscribe 50.000 acciones Ordinarias escriturales valor nominal $ 1 de un voto por acción, e integra $ 12.500 en efectivo, saldo de $ 37.500 dentro de los dos años.-
Administración y...
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