Contrato

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Noviembre de 2018
EmisorJL DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L.
Fecha de la disposición 6 de Enero de 2018

JL DESARROLLOS

INMOBILIARIOS S.R.L.

CONTRATO

El Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Rosario, Pcia. De Santa Fe, a cargo M Registro Público de Comercio, hace saber se acuerdo a lo dispuesto en el art. 10º de la ley 19.550, que los Señores: RICARDO WALTER LOMORO, argentino, de profesión corredor inmobiliario, nacido el 11 de octubre de 1972, mayor de edad, con DNI 22.908.347, CUIT 20-22908347-4, casado en primeras nupcias con María Soledad Báez González, con domicilio en Pje. Mario Casas 1017 de Rosario, Provincia de Santa Fe, LUIS BERNARDO JAIMOVICH, argentino, de profesión comerciante, nacido el 11 de Agosto de 1962, mayor de edad, con DNI 14.510.932, CUIT 23-14510932-9, casado en segundas nupcias con Marcela Liliana Carrizo, con domicilio en calle San Martín 370 de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, hábiles para contratar han resuelto constituir la sociedad que girará bajo la denominación JL DESARROLLOS INMOBILIARIOS S.R.L.

Fecha Instrumento de Constitución: 28 de Septiembre de 2018.

Domicilio Social: San Lorenzo 916, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

Objeto Social: La sociedad tiene por objeto: Inmobiliaria: Compraventa, permuta, alquiler, arrendamiento, administración y construcción de inmuebles urbanos o rurales, propios y/o de terceros, con fines de explotación, arrendamiento, venta, urbanización, colonización, fraccionamiento, loteos y/o subdivisión, inclusive por el régimen de Propiedad Horizontal y todas las operaciones comprendidas en las leyes y reglamentaciones sobre la propiedad horizontal, como asimismo el ejercicio de representaciones y administraciones de emprendimientos inmobiliarios, administración de consorcios.

Consultoría y Asesoramiento: Prestación de servicios por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, de asesoramiento y consultoría en aspectos financieros, inmobiliarios y económicos vinculados a personas particulares y/o empresas. Brindar servicios de administración de contratos, asistencia y estrategia. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, comprar y enajenar bienes muebles e inmuebles para sí, excluyéndose expresamente la actividad contemplada en el art. 1345 del Código Civil y Comercial, como así también realizar todos los actos que se consideren necesarios o simplemente convenientes para el mejor cumplimiento del objeto social y la más eficaz conducción de la sociedad.

Capital Social: El...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR