Contrato

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Noviembre de 2018
EmisorFIDEICOMISO EBERHARDT
Fecha de la disposición 5 de Enero de 2018

FIDEICOMISO EBERHARDT

CONTRATO

Por disposición del Sr. Juez a cargo del Registro Público de Rafaela y en cumplimiento de las disposiciones del Código Civil y Comercial referente a la inscripción de fideicomiso, se hace saber lo siguiente:

Participantes: Eberhardt Jacinto José, DNI 13.046.336, de nacionalidad Argentina, nacido el 01 de Febrero de 1957, de estado civil casado, con domicilio en calle 26 de Enero 178 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en su carácter de “Fiduciante”; la Señora Torino Mónica Beatriz, DNI 13.854.346, nacida el 03 de Mayo de 1960, de estado civil casada, con domicilio en calle 26 de Enero 178 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en su carácter de “Fiduciante”, y el Señor Gonzalo Ezequiel Destéfani, DNI 31.181.851, nacido el 18 de Octubre de 1984, de estado civil casado, con domicilio en calle Pedro Avanthay 655 de la ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, en su carácter de “Fiduciario”.

Partes: Fiduciantes: Eberhardt Jacinto José, DNI 13.046.336 y Torino Mónica Beatriz, DNI 13.854.346. Fiduciario: Gonzalo Ezequiel Destéfani, DNI 31.181.851. Beneficiario: Eberhardt Jacinto José, DNI 13.046.336 y Torino Mónica Beatriz, DNI 13.854.346.

Fecha del contrato: 19 de Junio de 2018.

Denominación: FIDEICOMISO EBERHARDT

Domicilio: Pedro Avanthay 655 de la ciudad de Rafaela - Dpto. Castellanos (Sta. Fe).

Objeto: Cesión en propiedad fiduciaria de bienes y de aportes en dinero por parte de los "Fiduciantes". Los "Fiduciantes" se obligan a efectuar los "Aportes" y/o "bienes fideicomitidos". Destino de los aportes: Los aportes tendrán como destino el mantenimiento de los inmuebles y/o inversión de los mismos para obtener una renta de cualquier tipo, entre otras y a modo ejemplificativo no taxativo: financiera, inmobiliara, etc. El "Fiduciario" administrará el patrimonio fiduciario hasta la finalización del plazo del contrato o, si fuere prorrogado de común acuerdo, hasta el plazo máximo previsto en la ley. Los actos de disposición que impliquen "la transmisión del dominio" de los bienes fideicomitidos por cualquier causa, o la constitución de cualquier clase de derecho real sobre los mismos, requerirán, en todos los casos, del consentimiento previo y por escrito de los fiduciantes.

Administración: conservación, manejo y explotación de los bienes fideicomitidos, según su naturaleza, en el país o en el extranjero, con los cuidados y precauciones que se le puede exigir a un buen hombre de negocios. Las...

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