Contrato

Fecha de Entrada en Vigor23 de Marzo de 2017
EmisorDIGNANI AGROPECUARIA S.R.L.
Fecha de la disposición27 de Diciembre de 2016

DIGNANI AGROPECUARIA S.R.L.

CONTRATO

1- Fecha del instrumento: 27 de Septiembre de 2016.

2- Socios: El Señor Damián Miguel Dignani, nacido el 5 de octubre de 1979, de nacionalidad argentino, de profesión ingeniero agrónomo, D.N.I. Nº 27.532.992, C.U.I.L. N°: 20-27532992-5, de apellido materno Pistoni, estado civil soltero, domiciliado en calle Mendoza 60 de Coronel Arnold, provincia de Santa Fe, el Señor Hernán Diego Dignani, nacido el 1 de noviembre de 1970, de nacionalidad argentino, agricultor, D.N.I. Nº 21.690.436, C.U.I.L. Nº 27-21690436-8, de apellido materno Buldorini, casado en primeras nupcias con Virginia Irma Bacaloni, domiciliado en calle Sarmiento 1748 de Casilda, provincia de Santa Fe, y el Señor Leandro Martín Dignani, nacido el 12 de junio de 1982, de nacionalidad argentino, agricultor, D.N.I. N° 29.087.820, C.U.I.L. Nº: 23-29087820-9, de apellido materno Gigli, estado civil soltero, domiciliado en calle Bv. Santafesino 223 de Coronel Arnold, provincia de Santa Fe.

3- Denominación: DIGNANI AGROPECUARIA SRL.

4- Domicilio: Calle Sarmiento 281 de la localidad de Coronel Arnold, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país o del extranjero.

5- Duración: Veinte años a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.

6- Objeto: La sociedad tendrá por objeto: la administración y/o explotación de establecimientos agrícolas y ganaderos en inmuebles rurales propios y/o arrendados; la compra y venta de cereales y oleaginosas; la cría, engorde, invernación, mestización, venta y cruza de ganado de todo tipo y especie; la prestación de servicios agrícolas a terceros, con maquinarias propias o de terceros, o el alquiler de los equipos necesarios para tales servicios, con o sin personal propio afectado. Cuando los trabajos y/o servicios, en razón de la materia o como consecuencia de disposiciones legales vigentes lo requieran, serán hechos por profesionales matriculados en cada especialidad. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean...

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