Contrato
Emisor | Brooklyn S.R.L. |
Fecha de la disposición | 9 de Diciembre de 2015 |
Integrantes de la sociedad: Sergio Roque Farruggia, argentino, nacido el 8 de junio de 1957, de profesión comerciante, con domicilio en calle Cerrito n° 1052,-de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, D.N.I. 13.509.220, C.U.I.T. 20-13509220-8, casado en primeras nupcias con Adriana Gloria Longo; Adriana María Farruggia, argentina, nacida el 24 de setiembre de 1963, de profesión comerciante, con domicilio en calle Wheelwright n° 1921 Piso 4 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, D.N.I. 16.745.212, C.U.I.T. 23-16745212-4, casada en primeras nupcias con Marcelo Horacio Giosa.
Fecha de constitución: 27/10/2015
Denominación: BROOKLYN S.R.L.
Duración: El término de duración de la sociedad se fija en 50 (cincuenta) años, a partir de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia y/o por terceros y/o asociada a terceros el diseño gráfico y textil, la producción, importación y exportación, distribución y comercialización de indumentaria, accesorios, bijouterie, artículos de librería y de decoración, calzado, relojería, talabartería y toda actividad afín conducente a lograr el óptimo desarrollo del presente objeto social. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes y por este contrato.
Capital: El capital social se fija en la suma de pesos doscientos mil ($200.000.-) dividido en dos mil (2.000) cuotas de pesos cien ($100.-) cada una, que suscriben e integran de la siguiente manera: a) Sergio Roque Farruggia, suscribe un mil (1.000) cuotas, o sea, la suma de pesos cien mil ($100.000); b) Adriana María Farruggia, suscribe un mil (1.000) cuotas, o sea, la suma de pesos cien mil ($100.000). Los señores socios integran en este acto el veinticinco por ciento (25%) del Capital Suscripto, es decir la cantidad de pesos cincuenta mil ($50.000.-) obligándose a completar la integración en el término de dos años a partir de la fecha del presente contrato, también en efectivo, a efecto de completar el aporte dinerario, en forma proporcional al capital suscripto por cada uno de los socios.
Administración v representación: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de uno de o más gerentes, socios o no, quienes actuarán indistintamente, utilizando su firma con el aditamento "socio gerente" o "gerente", acompañada de denominación social. La gerencia tiene todas...
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