Contrato

EmisorBgb Alliance S.R.L.
Fecha de la disposición 3 de Junio de 2014
  1. Socios: don Santiago Gassmann, argentino, nacido el 06/07/1987, titular del D.N.I. Nº 33.055.855, C.U.I.T. 20-33055855-6, soltero, comerciante, domiciliado en la calle Belgrano 1032, de la ciudad de Carcarañá, Provincia de Santa Fe, don Rodrigo Alejandro Botti, argentino, Contador Público, nacido el 17 de Noviembre de 1980, D.N.I. N° 28407465, C.U.I.T. 20-28407465-4, casado en primeras nupcias con Mariela Paula Meloni, domiciliado en Iriondo 1265 7°B de Rosario, provincia de Santa Fe, y don Guillermo Bertiche, argentino, nacido el 19/08/1980, titular del D.N.I. N° 28.314.666, C.U.I.T. 23-28314666-9, soltero, comerciante, domiciliado en la calle Alem 1585 10°, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe.

  2. Fecha de Constitución: 14/05/2014.

  3. Razón Social: BGB ALLIANCE S.R.L.

  4. Domicilio: Av. Cándido Carballo 194, piso 4, oficina J, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe o donde los socios lo constituyan en el futuro, pudiendo establecer sucursales en cualquier lugar del país o del extranjero.

  5. Objeto: La sociedad tiene por objeto la realización por sí, o asociada con terceros, dentro o fuera del país, de las siguientes actividades: (a) Inmobiliaria: Compra, venta, administración, desarrollo del carácter de Fiduciario en cualquier tipo de Fideicomiso de Construcción, permuta, locación, arrendamiento, emprendimientos, urbanización, subdivisión, división por el Régimen de Prehorizontalidad y/o Propiedad Horizontal, de toda clase de inmuebles, urbanos, suburbanos o rurales, incluso los sometidos al régimen de Propiedad Horizontal y/o los que conformen Bienes Fideicomitidos de Fideicomisos de Construcción, así como también la adquisición del carácter de fiduciante, beneficiario y/o fideicomisario en cualquier tipo o clase de Fideicomiso en relación a cualquier tipo o clase de inmuebles, incluso futuros, y/o de cualquier tipo o clase de acciones y/o derechos sobre inmuebles.; la remodelación, refacción o restauración de inmuebles destinados a viviendas, depósitos y locales comerciales, aún bajo el Régimen de la Propiedad Horizontal, y de obras de arquitectura e ingeniería públicas y privadas. Se excluyen las operaciones que incluyen los fideicomisos financieros tipificados en el artículo 19 de la ley nacional N° 24441, así como también se exceptúan las operaciones exclusivas de los corredores inmobiliarios, comprendidas en la ley provincial N° 13154. (b) Construcciones y materiales para la construcción: Proyecto, cálculo, diseño y...

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