Continúa en 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor30 de Diciembre de 2021
EmisorSecretaría General de la Gobernación
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIV - Nº 272
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Decreto N° 1584
Córdoba, 27 de diciembre de 2021
VISTO: el Expediente N° 0002-034017/2021 del registro de la Policía de la
Provincia de Córdoba, dependiente del Ministerio de Seguridad.
Y CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones se propicia la designación, en el
grado de Ocial Ayudante en carácter “Alta en Comisión” de la Policía de la
Provincia de Córdoba, de ciento ochenta y cinco (185) cadetes, egresados
de la Escuela de Policía “Libertador General Don José de San Martín”, per-
tenecientes a la Promoción LXVIII, a partir del 20 de diciembre de 2021.
Que la señora Regente de la aludida Escuela de Policía propicia las
designaciones de que se trata, en atención al cumplimiento por parte de
los aspirantes de los requisitos previstos por el artículo 29 de la Ley N°
9728 y Decreto Reglamentario N° 763/2012; asimismo, acompaña la Reso-
lución Interna N° 05/2021 y Anexo 1, que da cuenta de la titulación de los
allí nominados como “Técnico Superior en Seguridad Pública”, per tenecien-
tes a la Promoción LXVIII del instituto policial mencionado.
Que produce informe de su competencia el Departamento Administra-
ción de Personal de la Repartición actuante; mientras que el Departamento
Finanzas de la Policía de la Provincia especica la imputación presupues-
taria para atender las erogaciones que lo tramitado demanda.
Que lucen los Visto Bueno a la gestión de marras de la señora Jefa de
Policía de la Provincia y del señor Ministro de Seguridad.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada, lo dispuesto por los
artículos 32, inciso f), de la Ley N° 9235, 29 y 30 de la Ley N° 9728, las
Disposiciones Comunes a los artículos 30 y 31 del Decreto Reglamen-
tario N° 763/2012, el artículo 18 de la Ley N° 8575, lo dictaminado por la
Dirección Asesoría Letrada de la Policía al N° 1949/2021, por la Dirección
de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Seguridad con el N°
822/2021, por Fiscalía de Estado bajo N° 1143/2021 y en uso de atribu-
ciones conferidas por el artículo 144, incisos 1° y 10°, de la Constitución
Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- DESÍGNASE, a partir del 20 de diciembre de 2021, en el
grado de Ocial Ayudante en carácter “Alta en Comisión” de la Policía de la
Provincia de Córdoba, dependiente del Ministerio de Seguridad, a los ca-
detes egresados de la Escuela de Policía “Libertador General Don José de
San Martín”, pertenecientes a la Promoción LXVIII, nominados en el Anexo
I, el que, compuesto de cinco (5) fojas útiles, se acompaña y forma parte
integrante de este instrumento legal.
Artículo 2°.- El egreso correspondiente se atenderá con imputación a Ju-
risdicción 1.75, Programa 756, Partida Principal 01, Partida Parcial 01, Grupo
12, Detalle 06, Cargo 120 -Sueldos Generales- del Presupuesto Vigente.
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistro de Seguridad y Fiscal de Estado.
Artículo 4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese intervención a
la Policía de la Provincia, notifíquese, publíquese en el Boletín Ocial y
archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - ALFONSO FERNANDO MOSQUERA,
MINISTRO DE SEGURIDAD - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
ANEXO
Viene de Pag. 1
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
Resolución N° 161 ................................................................Pag. 7
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS
Y ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N° 22 ..................................................................Pag. 8
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y LEGALES
Resolución N° 1 ....................................................................Pag. 9
DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN INTEGRAL DE PERSONAS
Resolución N° 4 ....................................................................Pag. 10
Resolución N° 7 ....................................................................Pag. 11
TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución N° 206 ................................................................Pag. 12
ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS - ERSEP
Resolución General N° 98 ....................................................Pag. 12
Resolución General N° 99 ....................................................Pag. 16
Orden de Servicio N° 1 ........................................................Pag. 17
PODER LEGISLATIVO
Decreto N° 457
Córdoba, 23 de diciembre de 2021
VISTO: El expediente N° 0523-006548/2021 del registro de la Secretaría
Administrativa del Poder Legislativo.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones el Sindicato de Empleados Legisla-
tivos de Córdoba (S.E.L.C.) insta ante la Secretaría Administrativa el pro-
ceso de promoción automática a cargo superior del Personal del Tramo de
Ejecución, perteneciente a los Agrupamientos Administrativo y Obreros y
Maestranza, que cumplen los requisitos de permanencia, idoneidad, des-
empeño y capacitación, exigidos por la Ley Nº 9.880, su reglamentación y
modicatorias.
Que en su mérito, la Jefatura de Jurisdicción de Recursos Humanos
incorpora el listado de agentes de los Agrupamientos de que se tratan, que
estarían en condiciones de acceder a la promoción a cargo superior, con-
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIV - Nº 272
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 30 DE DICIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
juntamente con la situación de Revista y Ficha de Agente de los mismos,
así como también, el listado de aquellos que, en razón de encontrarse
usufructuando licencias sin goce de haberes y no prestar tareas en forma
efectiva, poseen suspendido su derecho de ascenso.
Que en este marco, el Sindicato de Empleados Legislativos de Córdo-
ba (S.E.L.C.) y la Secretaría Administrativa de esta Legislatura Provincial,
ad referéndum de esta Presidencia, suscribieron un Acta Acuerdo, en la
cual acordaron que se encuentran dadas las condiciones para aplicar el
régimen de promociones respecto del personal del tramo de ejecución de
los Agrupamientos supra mencionados, acompañando como Anexos I y II
el listado de los Agentes que, previo cumplimiento de los requisitos exigi-
dos por la normativa, estarían en condiciones de ser promovidos a cargo
superior, con detalle de las nuevas categorías para cada caso en particular.
Que luce incor porada en autos copia certicada del Decreto N° 435 de
fecha 09 de diciembre de 2021 de esta Presidencia del Poder Legislativo
mediante el cual se aprueba el Acta N° 0001 de la Comisión de Relaciones
Laborales, y sus Anexos I, II, III y IV, los que contienen, respectivamente:
el listado del Personal de Ejecución de los Agrupamientos Administrativo
y Obreros y Maestranza habilitado para ser promovido a cargo superior;
la identicación, requisitos de ingreso y objetivos de los cargos; temario y
fuente de estudio para la prueba y composición del tribunal de prueba de
suciencia; y nalmente, el detalle de personal de ejecución que satisface
el requisito de permanencia para la promoción automática, empero poseen
suspendido en forma automática su derecho de ascenso por no prestar sus
tareas en forma efectiva en la Legislatura Provincial.
Que el Tribunal de Prueba de Suciencia incorpora el modelo de exa-
men con la grilla de respuestas correctas, e informa que los días 17, 20 y
21 de diciembre de 2021 se llevaron a cabo las pruebas de suciencia,
acompañando el listado de asistencia y los respectivos exámenes.
Que obra el Acta Nº 1 del Tribunal de Prueba de Suciencia en la que
se indica que para la aprobación, los exámenes deberán contener el cin-
cuenta por ciento (50%) o más de respuestas correctas, procediendo se-
guidamente a la corrección de los mismos y a la confección del listado con
los resultados, que como Anexo I acompaña a la citada Acta.
Que se realizó la publicación de la supra citada Acta Nº 1 en la página
web de la Legislatura de la Provincia de Córdoba, procediendo asimismo
la Jefatura de Jurisdicción de Recursos Humanos a noticar a cada uno
de los agentes participantes de los resultados obtenidos en la prueba de
suciencia y la nota elaborada por las respectivas autoridades superiores,
en relación a sus condiciones de idoneidad y suciencia para acceder a la
promoción correspondiente.
Que con posterior idad, la Comisión de Relaciones Laborales se expide
mediante el Acta Nº 03 manifestando que, habiendo analizado las actua-
ciones de referencia, otorga su Visto Bueno al procedimiento efectuado.
Que en este mismo sentido, obra Visto Bueno de la señora Secretaria
Administrativa a la gestión propiciada en autos.
Que, tal lo manifestado anteriormente por esta Presidencia mediante el
Decreto Nº 435/2021 de convocatoria a la prueba de suciencia, es voluntad
de estas autoridades continuar aplicando los regímenes de promoción del
personal de ejecución del Escalafón del Poder Legislativo con el objetivo de
garantizar la carrera administrativa, la capacitación del personal legislativo y
el consecuente perfeccionamiento de esta Legislatura Provincial correspon-
diendo, a tales nes, disponer en esta instancia la promoción de los agentes
pertenecientes a los Agrupamientos Administrativo y Obreros y Maestranza,
que cumplimentan los requisitos establecidos por la normativa para acceder
a la misma y han aprobado la correspondiente Prueba de Suciencia.
Que el presente acto se dicta conforme a la autoridad investida por el
artículo 84 de la Constitución de la Provincia de Córdoba y a las atribucio-
nes conferidas por el artículo 30 del Reglamento Interno de la Legislatura
de la Provincia de Córdoba.
Por ello, las actuaciones cumplidas, artículos 82 y cc. de la Ley N°
9.880 - Estatuto Escalafón para el Personal del Poder Legislativo de la Pro-
vincia de Córdoba, sus modicatorias y Reglamentación, el Reglamento
Interno del Poder Legislativo de la Provincia de Córdoba, la Ley N° 10.723,
y lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Legales bajo el Nº
367/ 2021,
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA,
EN CARÁCTER DE PRESIDENTE DE LA LEGISLATURA PROVINCIAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- RATIFÍCASE el “Acta Acuerdo” celebrada con fecha 30
de noviembre de 2021, entre la Legislatura de la Provincia de Córdoba y el
Sindicato de Empleados Legislativos de Córdoba (S.E.L.C.).
ARTÍCULO 2º.- ESTABLÉCESE la promoción de los agentes pertene-
cientes a los Agrupamientos Administrativo y Obreros y Maestranza nomi-
nados en los Anexos I y II, respectivamente, que compuesto de una (1) foja
útil cada uno forman parte integrante del presente Decreto, quienes a partir
del día 1° de enero de 2022 pasarán a revistar en los cargos allí indicados
para cada caso.
ARTÍCULO 3º.- IMPÚTESE el egreso que demande el cumplimiento
del dispositivo anterior a la Jurisdicción 2.0 Poder Legislativo, Programa
900 – “Funcionamiento Legislatura de la Provincia de Córdoba – Activida-
des Centrales”, Partida Principal 01, Parcial 01 – “Personal Permanente”, y
a la Partida Principal 01, Parcial 04 –“Asignaciones Familiares” en caso de
corresponder, del presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- INSTRÚYASE a la Dirección de Administración y Per-
sonal para que realice los ajustes presupuestarios necesarios para dar
cumplimiento a lo dispuesto en el artículo segundo del presente Decreto.
ARTÍCULO 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese, notifí-
quese y archívese.
FDO.: MANUEL FERNANDO CALVO, VICEGOBERNADOR - ANA CAROLINA COM-
BA, SECRETARIA ADMINISTRATIVA
ANEXO

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